AYUNTAMIENTO DE PEÑALVER
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2017, al no haberse presentado alegaciones contra el acuerdo plenario de 2 de febrero de 2017, publico en el BOP num 25 de 6 de febrero de 2017, comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
238258 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
195488 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
95168 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
65420 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
100 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
34800 € |
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A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
42770 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
42770 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0 € |
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TOTAL: |
238258 € |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
245690 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
245690 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
91890 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
0 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
87300 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
53200 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
12700 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
600 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
600 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
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TOTAL: |
245690 € |
ANEXO DE PERSONAL
CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario |
1 SECRETARIO INTERVENTOR |
Persona Laboral |
1 ADMINISTRATIVO |
Personal laboral |
1 Alguacil |
Personal Laboral |
2 Ayuda a domicilio |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Peñalver a 5 de marzo de 2017. EL ALCALDE. José Ángel Parra Mínguez