AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DEL PINAR
621
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/85, de 1 de Julio, del Poder Judicial y el Reglamento 3/1995, de 7 de Junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección del Juez de Paz Titular y Sustituto de esta localidad, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.
Las instancias podrán presentarse en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario de oficina durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Alcolea del Pinar, 28 de febrero de 2017.EL ALCALDE,Isidoro Escolano Albacete