Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
1008
NIG: 19130 44 4 2011 0201327
N28150
N.º autos: Procedimiento ordinario 993/2010-L
Demandante/s: Fundación Laboral de la Construcción
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Empresa Manuel Susarte Jurado
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
EDICTO
D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el Procedimiento ordinario 993/2010-L de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Manuel Susarte Jurado, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la Sentencia n.º 465/2011 de fecha 27.10.2011 cuyo fallo es como sigue:
“FALLO
Que, estimo la demanda en reclamación de cantidad formulada por Fundación Laboral de la Construcción frente a la empresa Manuel Susarte Jurado y condeno a la empresa demandada, a que abone a la parte actora la cantidad de 20,52 €.
Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciendo saber que es firme y contra la misma no cabe recurso alguno”.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a empresa Manuel Susarte Jurado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara a veintidós de febrero de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.