Ayuntamiento de Viñuelas
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Estando vacante el cargo de sustituto de Juez de Paz de Jadraque, se inicia el correspondiente procedimiento para el nombramiento de dicho cargo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 101.º de la Ley 6/1985, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, y 4.º y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Los requisitos para ser sustituto de Juez de Paz son:
- Ser español.
- Mayor de edad.
- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley 6/1985, siendo de aplicación el régimen de incompatibilidades de la carrera judicial de acuerdo con los artículos 389 a 397 de la citada Ley, si bien es posible compatibilizar el cargo con:
a) La dedicación a la docencia o a la investigación jurídica.
b) El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
Presentación y plazo de instancias.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de la instancia será de 15 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En Jadraque a 2 de diciembre de 2013.– El Alcalde, Alberto Domínguez Luis.