Ayuntamiento de Heras de Ayuso
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2014, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución y Plantilla de personal, funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
181.000 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
114.000 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de personal |
14.995 € |
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servicios |
61.005 € |
CAPÍTULO 3: Gastos financieros |
0 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
38.000 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
67.000 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones reales |
67.000 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
0 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
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CAPÍTULO 8: Activos financieros |
0 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
0 € |
TOTAL |
181.000 € |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
181.000 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
113.000 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos directos |
60.500 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos |
2.000 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos |
28.000 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
17.500 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales |
5.000 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
68.000 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales |
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CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
68.000 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
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CAPÍTULO 8: Activos financieros |
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CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
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TOTAL |
181.000 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
1.- Secretario-Interventor.
Grupo: A.
Número de puestos: 1.
Nivel de complemento destino: 20.
Titulación: Licenciado A.D.E.
Observaciones: Agrupación.
2.- Operario de servicios múltiples.
Número de puestos: 1.
Forma de provisión: Personal laboral temporal.
Observaciones: Contrato temporal de duración determinada.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Heras de Ayuso a 5 de marzo de 2014.– El Alcalde, Jesús Sierra Lumbreras.