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CONVOCATORIA AÑO 2016. INCENTIVOS PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS:
BDNS(Identif.):321986
Extracto de la convocatoria de subvenciones a incentivos para la creación de empresas: Inicio actividad con impuestos cero, convocatoria año 2016.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de Pequeñas Empresas.
A los efectos de las presentes bases se entiende por Pequeña Empresa, según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE nº L 124 de 20.5.2003), aquella empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual, o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
Segundo. Objeto: El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones económicas, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para gastos corrientes de primer establecimiento en el inicio de la actividad del nuevo negocio, con el límite de las cantidades que se abonen efectivamente al Ayuntamiento por distintos tributos, durante el primer año de actividad, y así promover la creación de nuevas iniciativas empresariales en el municipio de Guadalajara durante el año 2016.
Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016. http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.html
Cuarto. Cuantía: A efectos del cálculo de la cuantía a percibir, se tendrá en cuenta el importe a que asciendan los Tributos pagados al Ayuntamiento de Guadalajara, por la nueva actividad, durante el primer año de su establecimiento, año 2016, en el municipio.
A las empresas que estén dentro del ámbito de la “Estrategia integral para la dinamización del Casco Antiguo de la ciudad de Guadalajara”aprobado definitivamente por el Pleno el 22 de enero de 2016, se les tendrá en cuenta el 100% del importe de los tributos pagados en 2016, y el resto de empresas que no esté dentro de este ámbito, se les aplicará el 75% del importe de los tributos pagados.
El crédito presupuestario disponible se distribuirá entre todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos de manera proporcional al importe calculado de acuerdo a los párrafos anteriores.
Quinto.- Criterios de selección:
Dada la naturaleza y condiciones de la presente convocatoria, las solicitudes se resolverán por riguroso orden de presentación, hasta agotar la cuantía máxima prevista en el apartado quinto de la convocatoria.
El importe de las ayudas será abonado en un sólo pago una vez aprobada la misma por la Junta de Gobierno, ya que la justificación se presenta en la documentación de la solicitud de la ayuda.
La justificación será objeto de aprobación con la concesión, a la vista de la documentación relacionada en el apartado tercero.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitud será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el día 30 de noviembre de 2016.
Guadalajara, 31 de octubre de 2016.- El Alcalde, Antonio Román Jasanada.