Ayuntamiento de Arbancón
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Anuncio APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del art. 169 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Arbancón, adoptado en fecha 21 de noviembre de 2016, de aprobación inicial de la modificación presupuestaria 3/2016, en su modalidad de suplemento de crédito, financiados con cargo al remanente líquido de tesorería, que se hace público resumido por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
||||
Programa |
Económica |
Descripción |
Suplemento de crédito |
|
342 |
619 |
OTRAS INVERSIONES DE REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL |
27.425,01 |
|
TOTAL |
27.425,01 |
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ESTADO DE INGRESOS |
||||
Aplicación económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
87 |
870 |
REMANENTE DE TESORERÍA |
27.425,01 |
TOTAL |
27.425,01 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los arts. 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Arbancón a 21 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Gonzalo Bravo Bartolomé.