Ayuntamiento de Horche
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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177 de la misma, en relación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la Ley anterior, se hace público para general conocimiento que por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2016, se adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos n.º 3 (suplemento de crédito, para financiar transferencias mediante bajas de otras aplicaciones presupuestarias) que afecta al vigente presupuesto, con arreglo al siguiente resumen por capítulos:
Suplementos en aplicaciones de gastos |
||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
euros |
150.221.03 |
Combustible |
4.000,00 € |
150.227.99 |
Admon general Vivienda y Urbanismo |
3.000,00 € |
320.227.99 |
Otros servicios Colegio |
5.000,00 € |
330.221.99 |
Otros suministros |
8.500,00 € |
3321.227 |
Bibliotecas y Archivos |
5.000,00 € |
330.227 |
Admon general de cultura |
10.000,00 € |
338.227 |
Fiestas populares y festejos |
15.000,00 € |
TOTAL |
50.500,00 € |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, en los siguientes términos:
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
euros |
011.310 |
Intereses de préstamos del interior |
1.500,00 € |
231.227.99 |
Admon General Servicios Sociales |
22.000,00 € |
231.480 |
Atenciones benéficas y asistenciales |
12.000,00 € |
932.227.08 |
Gestión sistema tributario |
15.000,00 € |
TOTAL |
50.500,00 € |
Contra el referido acuerdo definitivo podrán interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Guadalajara, recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses, a contar desde el siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, las personas y Entidades a que hacen referencia los artículos 63.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos únicamente enumerados en el número 2 del citado artículo 170.
Horche a 23 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Juan Manuel Moral Calvete.