Ayuntamiento de Viana de Jadraque
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado por este Ayuntamiento con fecha 22 de junio de 2016, sobre modificación de la Ordenanza Fiscal de prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
«Artículo 4.- Sujeto pasivo.
1.- Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 36 de la Ley General Tributaria, que ocupen o utilicen las viviendas, locales, garajes, corrales y solares ubicados en los lugares, plazas calles o vías públicas en que se preste el servicio, ya sea a título de propietario o de usufructuario, habitacionista, arrendatario o incluso de precario.
2.- Tendrán la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente el propietario de las viviendas, locales, garajes, corrales y solares, que podrán repercutir, en su caso las cuotas satisfechas sobre los usuarios de aquellas, beneficiarios del servicio.»
«Artículo 8.1.- Tarifas.
Domestica:
-Por cada vivienda 65,00 €.
-Por cada local destinado a bodegas 50,00 €.
-Por la titularidad de un corral, solar o garajes, 25,00 €.
-Por la titularidad de dos o más corrales, solares o garajes 50,00 €.»
DISPOSICIÓN FINAL.
«La presente Ordenanza Fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 22 de junio de 2016,entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del 1 de enero, del 2017, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas».
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Viana de Jadraque a 2 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Rafael Angona Alcolea.