Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial, de fecha 28 de septiembre de 2016, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
La presente modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2017, y permanecerá vigente hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Albacete.
En Cabanillas del Campo a 25 de noviembre de 2016.– El Alcalde, José García Salinas.
Anexo
Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos (modificación del artículo 7, apartado 5):
«Artículo 7.
La Tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructura en los siguientes epígrafes:
/…/
5.- Elaboración de informes de accidentes de tráfico, atestados e informes municipales emitidos a instancia de parte………………………….100 €/…/»