Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
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Anuncio Aprobación Definitiva Modificacion Ordenanza
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobado en sesión de fecha 3 de octubre de 2012, de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento de la vía pública y terrenos de uso público con entrada o paso de carruajes, cuyo texto definitivo del artículo modificado se hace público, como anexo a este anuncio, para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Cabanillas del Campo a 19 de noviembre de 2012.– El Alcalde, Jaime Celada López.
Anexo
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento de la vía pública y terrenos de uso público con entrada o paso de carruajes
Artículo 10. Nomas de gestión.
3.- En el caso de cese en la utilización privativa o aprovechamiento especial regulado en la presente Ordenanza Fiscal, el contribuyente deberá presentar solicitud de baja en las Oficinas Municipales competentes.
Para que se proceda a la tramitación de la misma, y baja en el padrón, debe realizarse previamente:
a) Retirar la pintura existente en el bordillo, si la hubiera.
b) Entregar la placa municipal en los servicios municipales competentes.
La presentación de la baja surtirá efectos en el mismo ejercicio en que se solicite. En caso contrario se determinará la obligación de abonar la tasa por importe anual.