Ayuntamiento de Mohernando
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ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Mohernando
ANUNCIO
En cumplimiento de lo previsto en el apartado 2 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2012, ha aprobado con carácter provisional la imposición y ordenación de la Tasa por prestación del Servicio de Celebración de Matrimonios Civiles.
El expediente tramitado al efecto podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento, al objeto de que durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.
Significando, que de no presentarse reclamación alguna, quedará automáticamente elevado dicho acuerdo a definitivo.
Mohernando a 26 de octubre de 2012.– El Alcalde, Sebastián H. Timón Hontiveros.