Ayuntamiento de Hontoba
5028
Por Decreto de Alcaldía n.º 311/2012, de fecha 18 de octubre, se ha resuelto lo que a continuación se transcribe en su tenor literal:
“Decreto n.º 311/2012.
Asunto: Constitución bolsa de trabajo limpiador/a.
Visto que con fecha 17 de octubre de 2012 ha finalizado el plazo de alegaciones de diez días otorgado a los aspirantes del presente proceso selectivo en relación con la lista de espera propuesta por el tribunal calificador.
Visto que el mencionado plazo no han sido presentadas alegaciones por parte de dichos aspirantes.
RESUELVO
PRIMERO. Elevar a definitiva la lista de aspirantes al puesto de limpiador/a propuesta en su día por el tribunal calificador del presente proceso selectivo, con el fin de poder cubrir con carácter interino las vacantes que en tal categoría profesional puedan producirse en el futuro siempre que ello no contravenga la normativa vigente y sea conveniente al interés general
N.º DE ORDEN |
NOMBRE DEL ASPIRANTE |
1.º |
Dña. Milagros Martínez Palomo |
2.º |
Dña. Virginia Encinas Gutiérrez |
3.º |
D. Jorge Cabañas Pascual |
4.º |
Dña. M.ª Antonia García Bustos |
5.º |
Dña. Araceli Rodríguez Millán |
6.º |
D. José Antonio Mellado Francisco |
SEGUNDO. Ordenar la publicación del contenido del presente Decreto en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Y para que conste a los efectos oportunos, expido la presente, de orden y con el V.º B.º del Sr. Alcalde, en Hontoba a 18 de octubre de 2012”.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Hontoba, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Hontoba a 21 de septiembre de 2012.– La Secretaria, Ana Isabel Pérez Llorens.