Ayuntamiento de Arbancón
6202
Anuncio de aprobación definitiva
El Pleno del Ayuntamiento de Arbancón, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles que ha quedado elevada a definitiva por falta de reclamaciones durante el período de exposición pública. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación del texto íntegro de dicha modificación en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento:
Se modifica el artículo que regula el tipo de gravamen, en los términos siguientes: “El Tipo de Gravamen aplicable a los bienes de naturaleza urbana será:
- Para el año 2013, 0,75.
- Para el año 2014, 0,70.
- Para el año 2015 y siguientes, 0,69”.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Arbancón a 28 de diciembre de 2012.– El Alcalde, Gonzalo Bravo Bartolomé.