Ayuntamiento de Albalate de Zorita
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ANUNCIO
Transcurrido el plazo señalado en el edicto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 135 de 9 de noviembre de 2012, se hace público, a los efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo, que ha resultado definitivo al no presentarse reclamaciones, de modificación de la Ordenanza reguladora de las bases para el otorgamiento de ayudas a los recién nacidos, que fue adoptado por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2012.
Dicho acuerdo en su parte dispositiva, dispone:
“2.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS A LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS.
La Sra. Alcaldesa comenta la siguiente propuesta, que obra en el expediente:
Desde el año 2004, este Ayuntamiento viene aplicando la Ordenanza reguladora de las bases para el otorgamiento de ayudas a la realización de estudios, y se han venido concediendo, curso tras curso, dichas ayudas. En este curso se ha plantado una circunstancia que nos ha hecho entender conveniente introducir un pequeño cambio. Es voluntad de esta Corporación conceder una ayuda económica a los estudiantes que cursan Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en el IES Leandro Fernández de Moratín de Pastrana, para hacer frente a los gastos que a partir de este curso les va a suponer el transporte hasta el centro educativo, al haber suprimido la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha las ayudas que hasta ahora venía concediéndoles. Entendemos que sus familias están soportando un importante gasto y que desde esta Corporación sería positivo contribuir económicamente para que dicha carga para la economía familiar fuese menor.
Por todo ello, y a la vista de los informes solicitados y emitidos al efecto, y siguiendo el procedimiento pertinente, se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
PRIMERO. Acordar la modificación de la siguiente Ordenanza:
TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS A LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS.
2.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El Ayuntamiento otorgará ayudas por los siguientes importes, en atención al grado de estudios cursado.
CURSO |
SUBVENCIÓN EN EUROS |
1º.- INFANTIL (3 a 5 años) |
100 € |
2º.- PRIMARIA |
60 € |
3º.- SECUNDARIA |
60 € |
4º.- BACHILLER 1.º y 2.º |
150 € |
5º.- FORMACIÓN PROFESIONAL INICIACIÓN Y GRADO MEDIO |
200 € |
6º.- FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO SUPERIOR Y ESTUDIOS UNIVERSITARIOS *(en el caso de que el precio de la matrícula sea inferior a 300 €, la ayuda se corresponderá con el importe de la matrícula) |
300 € * |
Además, el Ayuntamiento otorgará ayudas para cubrir gastos de transporte a las familias que residan en viviendas de la Urbanización Nueva Sierra de Altomira con hijos que cursen estudios de infantil o primaria en el CRA La Colmena, o de secundaria en el IES Leandro Fernández de Moratín. Dicha ayuda será de 60 euros por familia, con independencia del número de hijos, salvo en el caso de que en la misma familia haya niños que cursen infantil o primaria y niños que cursen secundaria, en cuyo caso la ayuda será de 120 euros.
El Ayuntamiento también otorgará ayudas para hacer frente a los gastos de transporte de los alumnos que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en el IES Leandro Fernández de Moratín de Pastrana. Dicha ayuda será del 50% del coste del abono transporte para el curso escolar.
SEGUNDO. Someter este acuerdo provisional a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
TERCERO. Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
También comenta que el Ayuntamiento colaboró con los padres de los alumnos que se quedaban fuera del transporte gratuito para tratar de buscar una solución lo menos costosa posible. La solución adoptada, utilizar el autobús regular de línea que ha cambiado sus horarios para adaptarlos al horario escolar, está funcionando bien.
Toma la palabra el Sr. Concejal Don José María Hidalgo para indicar que le parece muy bien la labor realizada por el Ayuntamiento en este tema, porque ésta es su tarea, ayudar a los ciudadanos. Da la enhorabuena al equipo de gobierno.
Tras esto, la Sra. Alcaldesa pregunta si algún concejal desea hacer algún comentario, no produciéndose ninguna intervención, por lo que dispone que se pase el asunto a votación, resultando el voto a favor de todos los concejales presentes, aprobando el Pleno en votación ordinaria y por unanimidad el acuerdo propuesto.”
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Albacete, conforme a lo dispuesto en el art. 109 c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, así como potestativamente y en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Albalate de Zorita a 18 de diciembre de 2012.– La Alcaldesa, Covadonga Pastrana Adriano.