Ayuntamiento de Yélamos de Arriba
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ANUNCIO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2012, aprobó el establecimiento de la tasa por la celebración de matrimonios civiles por el Alcalde o Concejales del Municipio y la aprobación provisional de la correspondiente ordenanza fiscal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del a Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público dicho acuerdo por plazo de 30 días hábiles para que los interesados puedan formular alegaciones.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Yélamos de Arriba a 3 de enero de 2013.– El Alcalde, Ceferino Sánchez Sedano.