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PRESUPUESTO GENERAL 2016 – APROBACIÓN DEFINITIVA
No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, se considera aprobado definitivamente el Presupuesto general de esta entidad para el ejercicio 2016, comprensivo del Presupuesto general de esta entidad, las Bases de ejecución y la Plantilla de personal; de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica resumido por capítulos.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Lo que se publica, para general conocimiento y a los efectos oportunos.
En Molina de Aragón a 11 de febrero de 2016.– El Administrador, Mariano Colás Merino.
PRESUPUESTO GENERAL 2016. RESUMEN POR CAPÍTULOS
ESTADO DE GASTOS |
IMPORTE € |
|
|
A. OPERACIONES NO FINANCIERAS |
1.013.824,80 |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
947.724,80 |
Cap. 1 |
GASTOS DE PERSONAL |
620.000,00 |
Cap. 2 |
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS |
318.630,00 |
Cap. 3 |
GASTOS FINANCIEROS |
800,00 |
Cap. 4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
8.294,80 |
|
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
66.100,00 |
Cap. 6 |
INVERSIONES REALES |
61.100,00 |
Cap. 7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
5.000,00 |
|
B. OPERACIONES FINANCIERAS |
20.000,00 |
Cap. 8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
10.000,00 |
Cap. 9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
10.000,00 |
|
TOTAL |
1.033.824,80 |
ESTADO DE INGRESOS |
IMPORTE € |
|
|
A. OPERACIONES NO FINANCIERAS |
1.013.824,80 |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
972.060,95 |
Cap. 1 |
IMPUESTOS DIRECTOS |
0,00 |
Cap. 2 |
IMPUESTOS INDIRECTOS |
0,00 |
Cap. 3 |
TASAS Y OTROS INGRESOS |
570.000,00 |
Cap. 4 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
194.060,95 |
Cap. 5 |
INGRESOS PATRIMONIALES |
208.000,00 |
|
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
41.763,85 |
Cap. 6 |
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES |
0,00 |
Cap. 7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
41.763,85 |
|
B. OPERACIONES FINANCIERAS |
20.000,00 |
Cap. 8 |
ACTIVOS FINANCIEROS |
10.000,00 |
Cap. 9 |
PASIVOS FINANCIEROS |
10.000,00 |
|
TOTAL |
1.033.824,80 |
PLANTILLA DE PERSONAL
A) ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD |
|||||
PERSONAL FUNCIONARIO: |
|||||
Escala de habilitación de carácter estatal: |
G |
Nivel |
Denominación |
N.º |
C. específico (12 mensualidades) |
Subescala Secretaría-Intervención |
A1 |
26 |
Secretario/a-Interventor/a |
1 |
4.703,40 |
TOTAL PLANTILLA PNAL. FUNCIONARIO |
1 |
||||
B) RESIDENCIA DE MAYORES |
|||||
PERSONAL LABORAL FIJO: |
|||||
Denominación-categoría |
N.º |
Observaciones |
|||
Administrador/a-Gerente-Director/a |
1 |
||||
Fisioterapeuta |
1 |
Jornada parcial |
|||
D.U.E. |
1 |
||||
Gerocultor/a |
10 |
||||
Gerocultor/a |
1 |
Jornada parcial |
|||
Cocinero/a |
2 |
||||
Oficial mantenimiento |
1 |
||||
Limpiador/a |
8 |
||||
Limpiador/a |
1 |
Jornada parcial |
|||
TOTAL PLANTILLA PNAL. LABORAL |
26 |
RETRIBUCIONES, DIETAS E INDEMNIZACIONES
Se hace público el contenido de las Bases de ejecución del Presupuesto para 2016, en lo concerniente a las retribuciones, indemnizaciones y asistencias de los miembros de la entidad:
Régimen de dedicación y retribuciones:
- Cargos con régimen de dedicación exclusiva: Ninguno.
- Cargos con régimen de dedicación parcial: Administrador; dedicación mínima: 20%, 30 horas/mes. Retribución mensual bruta: 335,04 euros.
Régimen de indemnizaciones y asistencias:
1º.- Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados.
- Asamblea plenaria: 30 euros/sesión.
- Junta de apoderados: 30 euros/sesión.
- Comisión especial de cuentas,: 30 euros/sesión.
- Comisiones informativas: 30 euros/sesión.
- Mesas de contratación: 30 euros/sesión.
2º.- Indemnizaciones: Percibirán las indemnizaciones por razón del servicio correspondientes al Grupo primero, en los términos previstos en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, con arreglo a lo dispuesto en el mismo y demás normativa complementaria, supletoria o concordante, así como las normas que puedan modificar o sustituir a las anterior.
3º.- Las personas designadas como compromisarios y miembros de las mesas en las Elecciones percibirán una dieta única por importe de 30 euros.