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Viernes, 24 Junio 2016 09:21

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1739

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR 2016/2017

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Ayuntamiento de Villanueva de la Torre

 

1739

Convocatoria de ayudas para adquisicióN de libros de texto y material escolar 2016/2017

EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR

BDNS (Identif.): 308869.

PRIMERA: Objeto.

Es objeto de la presente ordenanza el establecimiento de las bases que regularán la concesión, por el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, de las ayudas para adquisición de libros de texto y material escolar por curso escolar.

SEGUNDA: Información sobre las ayudas.

Cualquier tipo de información relacionada con esta convocatoria será facilitada en:

• Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

• Página web del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

• Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, Centro Social y Zona Joven.

Además, se estará a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, en relación con la obligación de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

TERCERA: Destinatarios y requisitos.

1.- Podrán solicitar estas ayudas el padre, la madre, el tutor o la tutora legal de alumnos matriculados en segundo ciclo de Educación infantil, Educación primaria y Educación secundaria obligatoria, durante el curso, en cualquier centro docente.

2.- Toda la unidad familiar debe estar empadronada, al menos con tres meses de antigüedad, en Villanueva de la Torre.

3.- La renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, renta per cápita, no debe superar el 1,5 del salario mínimo interprofesional fijado para el ejercicio correspondiente.

CUARTA: Cuantía de la ayudas.

El importe máximo de la ayuda será de 80 € por alumno, hasta agotar la consignación presupuestaria prevista en cada anualidad.

La ayuda máxima por familia será de 160 €. No obstante, en el caso de que, una vez concedidas las ayudas, existiera remanente de crédito, este podrá utilizarse para terceros y sucesivos hijos hasta agotar disponibilidades presupuestarias.

QUINTA: Incompatibilidad de las ayudas.

Estas ayudas son incompatibles con las concedidas, para el mismo concepto, por la Comunidad de Castilla-La Mancha y cualquier otra entidad pública o privada.

SEXTA: Modelo de solicitud y lugar y plazo de presentación.

El modelo de solicitud se puede obtener en el Ayuntamiento, Centro Social y Zona Joven de Villanueva de la Torre o bien, a través de la página web del Ayuntamiento.

Cada familia utilizará una única solicitud para todos los hijos/as para los que solicita ayuda. Si bien, la concesión de la ayuda, si procediese, se realizará de manera individualizada para cada uno de los alumnos/as que pudieran resultar beneficiarios/as.

Las solicitudes se presentarán por duplicado en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, donde se registrará la entrada de ambos ejemplares, devolviendo uno de ellos, debidamente sellado, al solicitante, en horario de registro.

La presentación de solicitudes podrá realizarse en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

SÉPTIMA: Requisitos de las solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que se adjunta como anexo I, y se dirigirán a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento. La solicitud deberá firmarse por el padre, la madre, el tutor o la tutora legal.

2. Dichas solicitudes, en todo caso, irán acompañadas de la siguiente documentación:

Libro de familia. En el caso de familias extranjeras que no dispongan de libro de familia, deberán aportar la documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento: Partida de nacimiento, etc.

DNI o tarjeta de permiso de residencia (NIE) del solicitante.

En los casos de separación/divorcio, cuando el solicitante ostente la guarda y custodia de sus hijos, deberá aportar: Copia de la sentencia o del convenio regulador. Si no dispone de estos documentos, justificará, mediante declaración jurada, su situación.

Cuando se trate de progenitores sin vínculo matrimonial entre los que no exista convivencia, se comprobará con certificado o volante de empadronamiento de la unidad familiar.

Declaración de la Renta del año anterior a la convocatoria, si la hubiera presentado, de todos los miembros que hayan generado ingresos que compongan la unidad familiar. En el caso de que autorice al Ayuntamiento a recabar estos datos, deberán firmar el Anexo II de autorización todos los miembros que compongan la unidad familiar.

En el supuesto de que ambos progenitores se encontraran desempleados en el momento de solicitar la ayuda y su situación económica haya variado sustancialmente respecto del ejercicio anterior, se tendrán en cuenta los ingresos del ejercicio económico actual y se deberá aportar la siguiente documentación:

Tarjeta de desempleo.

Certificado de prestaciones expedido por organismo competente.

En caso de que no fuera obligatoria la presentación de la declaración de la renta, para estos casos, será obligatoria la autorización al Ayuntamiento para recabar los datos en Anexo II.

En el momento de presentar la solicitud, se exhibirán los documentos originales correspondientes a las fotocopias presentadas. Estos originales se devolverán a los interesados.

3. Del mismo modo, la presentación de la solicitud supone la declaración responsable por parte del solicitante de cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como, en particular, de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el ar­tícu­lo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

OCTAVA: Abono de la ayuda.

Resuelta la convocatoria, el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre entregará un vale por valor máximo de 40 euros/alumno para que pueda hacerse efectivo en los comercios que se determine.

NOVENA: Obligaciones de los beneficiarios.

1. Estar matriculado durante el curso escolar en segundo ciclo de Educación infantil, Educación primaria o Educación secundaria obligatoria. Esta circunstancia se comprobará con la colaboración de los centros docentes.

2. Declarar la concesión de ayudas de otras entidades para la misma finalidad.

3. Cooperar con el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre en cuantas actividades de inspección y verificación lleve a cabo, en orden a asegurar el destino finalista de la ayuda.

4. Proceder al reintegro de los fondos, en los casos previstos en el RD 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de becas y ayudas al estudio personalizadas.

Villanueva de la Torre a 9 de junio de 2016.– La Alcaldesa, Vanessa Sánchez Rebollo.

Información adicional

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