Ayuntamiento de Yebes
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional sobre establecimiento y la Ordenanza del precio público por la prestación del Servicio de reprografía en las bibliotecas públicas municipales de Yebes, que figuran en el anexo, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.
En Yebes, 17 de junio de 2016.– El Alcalde, José Miguel Cócera Mayor.
Anexo
Parte dispositiva del acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 8 de abril de 2016:
«PRIMERO. Aprobar inicialmente el establecimiento del precio público y la Ordenanza reguladora por la prestación del Servicio de reprografía en las bibliotecas públicas municipales de Yebes, según constan en el expediente. Así como proceder a la derogación de la Ordenanza reguladora de la Tasa por la prestación de dicho servicio, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 26 de diciembre de 2012.
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por un plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar definitivamente adoptado el acuerdo, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado.»
Texto íntegro de la ordenanza reguladora:
«ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL Servicio DE REPROGRAFÍA EN LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE YEBES
Artículo 1. Fundamento legal.
En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 41 al 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el Precio público por la prestación del Servicio de reprografía en las bibliotecas públicas municipales de Yebes.
Artículo 2. Objeto.
El objeto de este Precio público es el Servicio de reprografía en las bibliotecas públicas municipales de Yebes.
Artículo 3. Obligados al pago.
Estarán obligados al pago del precio público quienes utilicen los servicios por los que deba satisfacerse aquel.
Artículo 4. Cuantía.
La tarifa aplicable será la siguiente:
Fotocopia o impresión de documentos en papel DIN A4, en blanco y negro: 0,15 euros/por cara de hoja impresa.
Fotocopia o impresión de documentos en papel DIN A4, en color: 0,30 euros/por cara de hoja impresa.
Artículo 5. Normas de gestión.
Estarán obligados al pago del precio público los sujetos pasivos que soliciten las prestación del servicio, al retirar las copias solicitadas.
En cualquier caso, el Servicio de reprografía velará siempre por que se respeten los derechos de la propiedad intelectual, teniendo en cuenta que los fines de este servicio serán siempre para objetivos sin ánimo de lucro y/o con fines de investigación.
Para poder utilizar este servicio, es necesario ser socio de la biblioteca pública municipal.
Disposición final.
El acuerdo de establecimiento de este precio público fue adoptado y su ordenanza fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 8 de abril de 2016, y comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa por el Ayuntamiento.»