Ayuntamiento de La Toba
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Se hace público para general conocimiento que ha sido aprobada de forma provisional, en la sesión extraordinaria del Pleno Corporativo de fecha del 1 de agosto de 2013, la Ordenanza Fiscal Reguladora del Ayuntamiento de La Toba sobre la participación económica de los usuarios por la prestación del servicio de ayuda a domicilio y del servicio de comidas y lavandería a domicilio.
Conforme establece el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en su artículo 17, se abre un periodo de información pública de treinta días, a contar desde la fecha de publicación de este anuncio, durante el cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas. En caso que expirado el plazo de exposición pública no se haya presentado reclamación alguna, el acuerdo plenario de carácter provisional se elevará automáticamente a la categoría de definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo.
En La Toba a 1 de agosto de 2013.– El Alcalde, Julián Atienza García.