Ayuntamiento de Alovera
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ANUNCIO
Incoado de oficio expediente (22/12) para proceder a la baja en el Padrón Municipal de Habitantes e intentada sin éxito la práctica de la notificación a los interesados durante el procedimiento de baja de oficio en el Padrón de Habitantes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se les comunica que se ha dictado la Resolución de la Alcaldía 367/2013, con fecha seis de junio:
“ASUNTO: FINALIZACIÓN EXPEDIENTE DE BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES
Iniciado el expediente (22/12) de baja en el padrón de habitantes del municipio de las personas abajo relacionadas por inclusión indebida, mediante Resolución de la Alcaldía número 8/2013, de fecha ocho de enero, publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 11, de 25 de enero de 2013, no habiéndose manifestado ni conformidad ni disconformidad con dicha baja de,
NOMBRE Y APELLIDOS |
ANA MARIA SILVA MORENO |
Mediante resolución 234/2013 de fecha 11 de abril, se remitió al Consejo de Empadronamiento la documentación del expediente con fecha 17 de abril de dos mil trece, al objeto de que emitiese el informe correspondiente.
Visto que el propietario de la vivienda solicitó la baja de tres personas y que, a mayo de 2013, en el domicilio solo figura empadronada la persona arriba indicada.
Visto que el siete de mayo de dos mil trece se reúne la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento con el punto primero de Bajas por Inclusión Indebida, y por unanimidad se considera suficiente la documentación presentada para justificar las bajas por inclusión indebida, de la persona que se relaciona. Y en consecuencia, se emite informe favorable.
Por todo ello, la Alcaldía de este Ayuntamiento, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:
PRIMERO.- Dar de baja de oficio por inclusión indebida en el Padrón de Habitantes a la persona arriba relacionada, con fecha siete de mayo de dos mil trece.
SEGUNDO.- Realizar las operaciones necesarias para mantener actualizado el Padrón de Habitantes, de modo que los datos contenidos en este concuerden con la realidad.
TERCERO.- Notificar a la interesada que inicio el trámite de la finalización del mismo.”
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que, contra la presente resolución, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes.
En Alovera a 12 de junio de 2013.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.