Ayuntamiento de Tendilla
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DECRETO DE ALCALDÍA
ASUNTO: Abstención por interés personal.
D. Jesús María Muñoz Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Tendilla (Guadalajara).
Visto el expediente de deslinde pretendido por este Ayuntamiento del vial público sito en la calle Tenerías, entre los números 2 y 8, y visto que soy propietario de una de las fincas colindantes al vial y por lo tanto parte interesada en el mismo.
Por tanto, visto lo dispuesto en el artículo 28.1 y 2. a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone para las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas la obligación de abstenerse de intervenir en los procedimientos respecto de los que se tenga interés personal en el asunto.
Y de conformidad con lo dispuesto en los arts.183.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, 44 y 47.2 de la misma norma reglamentaria,
HE RESUELTO
PRIMERO. Abstenerme, por causa de interés personal, respecto de cualesquiera cuestiones municipales relacionadas con la controversia jurídica que se ha expresado.
SEGUNDO. Delegar en la 1.er Teniente de Alcalde, D.ª Consuelo Fca. Vázquez Pastor, todas las atribuciones que correspondiesen a esta Alcaldía en relación al referido asunto.
TERCERO. Publicar la presente delegación de atribuciones en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de este decreto.
CUARTO. Notificar la presente resolución al interesado y a la 1.er Teniente de Alcalde, Consuelo Fca. Vázquez Pastor, y dar cuenta de la misma al Pleno del Ayuntamiento de la primera sesión que se celebre.
Así lo dispongo y firmo en Tendilla a 8 de agosto de 2013.– El Alcalde, Jesús M.ª Muñoz Sánchez.