Ayuntamiento de Yebes
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Anuncio DE APROBACIÓN Inicial DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE NO SEDENTARIA
El Pleno del Ayuntamiento de Yebes, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2013, acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la venta ambulante no sedentaria.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que todos los interesados puedan consultar el expediente y presentar las reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones o sugerencias, se considerará definitivamente adoptado el acuerdo inicial sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, tras lo cual, el texto íntegro del referido reglamento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y entrará en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada Ley 7/1985.
En Yebes a 20 de septiembre de 2013.– El Alcalde, José Joaquín Ormazábal Fernández.