Ayuntamiento de Uceda
4405
Anuncio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Uceda sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de escuela infantil en Uceda, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
“MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL
1.- Objeto.
La presente viene a modificar las tarifas contenidas en la también modificación de la tasa, publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara de fecha 27 de agosto de 2012.
2.- Modificación.
Se sustituyen las cuotas y tarifas establecidas y determinadas en el artículo 6 por las siguientes:
A) Empadronados.
Escuela Infantil El Jardinillo
CONCEPTO |
IMPORTE (CURSO COMPLETO) |
Matrícula |
50 €/año |
Mensualidad septiembre-julio |
141 € |
Escuela Infantil Sueños
CONCEPTO |
IMPORTE (CURSO COMPLETO) |
Matrícula |
50 €/año |
Mensualidad incluido servicio de comida horario hasta 6,5 horas de servicio septiembre-julio |
321 € |
Mensualidad incluido servicio de comida y desayuno horario suplementado hasta 1,5 horas de servicio septiembre-julio |
351 € |
Mensualidad incluido servicio de comida y merienda horario suplementado hasta 1,5 horas de servicio septiembre-julio |
351 € |
Precio hora extraordinaria de servicio |
25 €/mes |
Si existen plazas libres, servicio esporádico día incluido servicio/s comidas |
20 €/día |
Si existen plazas libres, servicio esporádico hora incluido servicio desayuno o merienda |
10 €/día |
B) No empadronados.
Los no empadronados en el término municipal de Uceda no se verán beneficiados de la subvención municipal, siendo sus tarifas las siguientes:
Escuela Infantil El Jardinillo
CONCEPTO |
IMPORTE (CURSO COMPLETO) |
Matrícula |
50 €/año |
Mensualidad septiembre-julio |
223 € |
Escuela Infantil Sueños
CONCEPTO |
IMPORTE (CURSO COMPLETO) |
Matrícula |
50 €/año |
Mensualidad incluido servicio de comida horario hasta 6,5 horas de servicio septiembre-julio |
402 € |
Mensualidad incluido servicio de comida y desayuno horario suplementado hasta 1,5 horas de servicio septiembre-julio |
432 € |
Mensualidad incluido servicio de comida y merienda horario suplementado hasta 1,5 horas de servicio septiembre-julio |
432 € |
Precio hora extraordinaria de servicio |
25 €/mes |
Si existen plazas libres, servicio esporádico día incluido servicio/s comidas |
30 €/día |
Si existen plazas libres, servicio esporádico hora incluido servicio desayuno o merienda |
10 €/día |
C) Siempre que exista subvención por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el mantenimiento de este servicio de escuelas infantiles y con el mismo criterio actual de reparto con relación a cada plaza, por parte del Ayuntamiento de Uceda y para los usuarios empadronados en el municipio, se minorará el coste de la plaza con el importe proporcional de subvención en cada mensualidad, con lo que a la finalización del curso no existirá cantidad de subvención que haya de devolverse o reintegrar como coste de la plaza a los usuarios. Todo ello siempre y cuando los padres de los usuarios se encuentren al corriente de pago de los tributos municipales.
Los empadronados en Castilla-La Mancha, en el caso de concederse por la Junta de Comunidades subvención económica para el mantenimiento de las escuelas infantiles, a su recepción por parte de este Ayuntamiento de Uceda, se procederá a liquidar a favor de cada uno de los usuarios de esta condición la correspondiente participación que corresponda en aplicación del baremo concedido para cada tipo de plaza y usuario.
Las presentes tasas se aplicarán para el curso 2013-2014 y sucesivos, incrementándose en estos con la variación del IPC que resulte en cada periodo de septiembre a julio del curso anterior.
La matriculación en cualquier centro conlleva el pago de 11 mensualidades, desde el 1 de septiembre de cada año hasta el 31 de julio del año siguiente.
Si se diera el caso de la incorporación del niño en forma más tardía al inicio del curso, una vez terminada la baja maternal de la madre, desde la fecha de baja maternal el usuario deberá realizar el pago de la totalidad de la matrícula y de las mensualidades no asistidas en su totalidad, completando las mensualidades parciales por exceso. La inasistencia del usuario durante un periodo determinado no supone reducción alguna de la mensualidad mientras no se haya formalizado la baja correspondiente, la cual no se podrá solicitar cuando reste para finalizar el curso menos de tres mensualidades.
Disposición final.
La presente modificación entrará en vigor el día siguiente a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, tras el trámite reglamentario para su aprobación, continuando en vigor en tanto no se disponga su modificación o derogación”.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Guadalajara.
En Uceda a 30 de septiembre de 2013.– El Alcalde, Francisco Javier Alonso Hernanz.