Ayuntamiento de Brihuega
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
El Pleno del Ayuntamiento de Brihuega, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2013, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.
Sometido a información pública el acuerdo mediante inserción de anuncio en el BOP n.º 88, de 24 de julio de 2013, no se han formulado alegaciones durante el plazo legalmente establecido, por lo que la modificación provisional deviene definitiva.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se da publicidad al contenido íntegro de la modificación definitivamente aprobada:
Artículo 7.º Tarifas.
Vallas, andamios, puntales, asnillas, mercancías, materiales de construcción y escombros: 0,60 euros/día por metro cuadrado de terreno ocupado, a partir del cuarto día.
En los casos de ocupación del suelo con materiales de construcción y escombros, cuando se trate de material abandonado y, por tanto, no tenga la naturaleza de material de reposición, se abonará 1 euro por día y metro cuadrado ocupado, cuando se rebase el periodo semanal.
Cuando las obras se interrumpiesen durante un tiempo superior a dos meses, sin causa justificada, las cuantías resultantes por aplicación de las tarifas sufrirán un recargo del 100 por 100, a partir del tercer mes, y, en caso de que una vez finalizadas las obras continúen los aprovechamientos, las cuantías serán recargadas en un 200 por 100.
En Brihuega a 2 de octubre de 2013.– La Alcaldesa, Adela de la Torre de Lope.