Ayuntamiento de Baños de Tajo
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En virtud de lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, y cumpliendo de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que todas las personas interesadas en el desempeño de los cargos de Juez de Paz, titular y sustituto, en esta localidad, formulen sus peticiones por escrito al Ayuntamiento.
El Pleno con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros elegirá entres las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten. En el supuesto de no recibirse solicitudes, la Corporación Municipal elegirá libremente.
En Baños de Tajo a 26 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Anastasio Abad Sanz.