Ayuntamiento de Torrejón del Rey
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo provisional de la Junta de Gobierno Local, sobre establecimiento del precio público por la realización de actividades remuneradas en locales municipales, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Local |
Euros/hora |
Ludoteca |
2,00 |
Centro polivalente, sala 1 |
3,00 |
Centro polivalente, sala 2 |
3,00 |
Centro polivalente, sala 3 |
3,00 |
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.
En Torrejón del Rey a 12 de febrero de 2014.– El Alcalde, Mario San Martín García.