Ayuntamiento de Jadraque
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992) se hace pública notificación de la resolución, no siendo posible la notificación de la resolución, no siendo posible la notificación en el último domicilio conocido, por la cual se inicia expediente de baja en el padrón de habitantes por inscripción indebida. El Decreto de Alcaldía 202/2016 de fecha 26 de julio de 2016, se transcribe literalmente:
D. Alberto Domínguez Luis, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jadraque.
BAJA PADRÓN HABITANTES COMUNITARIOS
En virtud del artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia a los interesados.
Por todo ello, la Alcaldía-Presidencia, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:
PRIMERO: Iniciar expediente para proceder a dar de baja por inscripción indebida a:
Nombre y apellidos |
Periodo de caducidad |
Documento |
Apard Antoniu Manases |
27/01/2015 |
X07562304L |
Traian Dobra |
04/01/2015 |
X06395352 |
Marlei Honorato |
03/11/2014 |
Y00734200P |
Franciso Antonio Oliveira Pereira |
12/04/2015 |
X8077544J |
Mariana Pasu |
19/05/2015 |
X09636666B |
Adriana Coada |
26/07/2016 |
Y01017116R |
Dumitru Constantin Urucu |
29/09/2015 |
X02423333F |
Lacramioara María Coman |
28/10/2015 |
Y01483027R |
Mihaela Daniela Ghita |
28/10/2015 |
X08408968F |
Gavor Petrovai |
10/11/2015 |
X08636735M |
Oana Petrovai |
10/11/2015 |
Y01332096L |
Abdelhak Ayady |
07/07/2015 |
X06787848L |
Carlos Manuel Alcobia |
17/05/2015 |
Y01201756X |
Menor cuyo tutor Florentina Mimi Moldoveanu |
27/12/2015 |
X7978001Z |
Menor cuyo tutor es Florin Stramturean |
23/04/2015 |
X6139564J |
SEGUNDO: Notificar lo actuado a los interesados para que en el plazo de 10 días aporten cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.
Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y presentar documentos, se dictará la oportuna resolución.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se le comunica que el plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación del procedimiento es de 3 meses, sin perjuicio de los supuestos legales de suspensión o ampliación de dicho plazo, o de caducidad, que se comunicará previamente.
En el caso de que no se produzca la resolución y notificación del procedimiento en el plazo antes señalado, se entenderá desestimada la solicitud.
Así lo manda el Sr. Alcalde, de lo que como Secretario, doy fe, en Jadraque a 26 de julio de 2016
En Jadraque a 26 de julio de 2016.– El Alcalde, Alberto Domínguez Luis.