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Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
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Fuencemillán
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Fuentelencina
Fuentelsaz
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Luzón
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Mazarete
Mazuecos
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Megina
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Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
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Viernes, 08 Agosto 2014 00:00

Mancomunidad Campiña Baja

3042

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO ARQUITECTO INTERINO VACANTE EN ESTA MANCOMUNIDAD

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Mancomunidad Campiña Baja

 

3042

Por Resolución de Presidencia de fecha 11 de julio de 2014, en uso de la competencias que legalmente tiene atribuidas la Presidencia de la Mancomuniad Campiña Baja, se acuerda convocar una plaza de Arquitecto funcionario interino, para la Mancomunidad Campiña Baja.

La presente convocatoria y las bases podrán ser impugnadas ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de 2 meses, pudiendo no obstante interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante esta Mancomunidad durante el plazo de un mes, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

El Casar a 11 de julio de 2014.– El Presidente, Pablo Sanz Pérez.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO ARQUITECTO INTERINO VACANTE EN ESTA MANCOMUNIDAD

PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el procedimiento de oposición, en régimen de funcionario interino de una plaza de arquitecto, vacante en la plantilla de esta Mancomunidad, encuadrada en:

• Escala de la Administración Especial, Subescala Técnica, grupo A1, denominación Arquitecto Superior

• Complemento de destino, nivel 28.

• Complemento específico 518 €/mes.

• Tiempo parcial, 20 horas a la semana, que se distribuirán de la siguiente manera: 16 ½ horas serán de presencia física, tres días a la semana, en los centros de trabajo que se detallan en el siguiente apartado, conforme a los horarios que determine la Mancomunidad y 3 ½ horas sin presencia física en los centros de trabajo para elaborar informes.

• Tendrá como centros de trabajo las dependencias municipales de los Ayuntamientos de El Casar, Torrejón del Rey, Galápagos, Valdeaveruelo y Valdenuño Fernández.

La cual está dotada con las retribuciones o emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, hasta su cobertura por un funcionario de carrera, y a la que le corresponden, en general, las funciones de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior sobre las áreas pertenecientes a Urbanismo y Obras y, en especial, las siguientes:

- Informes en las materias de urbanismo, contratación administrativa y expropiación forzosa.

- Redacción de instrumentos urbanísticos y de sus modificaciones.

- Redacción, control y colaboración en el desarrollo de instrumentos de ejecución urbanísticos.

- Redacción de proyectos técnicos, dirección técnica y coordinación en materia de seguridad e higiene en las obras municipales.

- Otras que le puedan ser encomendadas dentro del servi­cio, área o unidad.

SEGUNDA.- Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- Tener cumplidos dieciocho años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servi­cio del Estado, Comunidades Autónomas, o las Entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Estar en posesión de la titulación de Arquitecto Superior o de Grado en Arquitectura expedido por el Estado español o debidamente homologado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Los nacionales de otros países deberán acreditar el conocimiento del idioma español

- No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad según las disposiciones de la Ley y Reglamento de Incompatibilidades.

- Haber abonado los derechos de examen.

- Disponer de carnet de conducir de turismos Clase “B”. Dado que existen varios centros de trabajo será su responsabilidad, y a su costa, la capacidad de trasladarse a cada uno de los centros de trabajo, según el horario que se establezca.

Los requisitos enumerados deberán reunirse por los aspirantes en el momento de formular su solicitud y, en todo caso, al terminar el plazo de presentación de instancias.

TERCERA.- Lista de reserva o bolsa de empleo.

Los aspirantes que hayan superado al menos el primer ejercicio, pasarán a formar parte de una lista de reserva o bolsa de empleo por orden de la puntuación obtenida, de mayor a menor.

CUARTA.- Instancias y admisión.

Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad La Campiña Baja y se presentarán en el Registro General de de la Mancomunidad La Campiña Baja, sito en Plaza de la Constitución n.º 1, 19170 El Casar (Guadalajara), o en los lugares indicados en el ar­tícu­lo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de estas bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en horario de lunes, miércoles y viernes, de 9:00 a 14:00 horas, adaptándose al modelo que se determina en el Anexo II de las presentes bases, acompañadas de:

- Fotocopia compulsada Documento Nacional de Identidad.

- Fotocopia compulsada de titulación de Arquitecto Superior o de Grado en Arquitectura.

- Justificante de haber abonado los derechos de examen, que se establecen en 30,00 €, que los aspirantes deberán hacer efectivo en la entidad financiera Caja Rural de Castilla-La Mancha, oficina de El Casar, en la cuenta número 3081.0308.13.1104339625 debiendo indicar en el ingreso el nombre y apellidos del aspirante y haciendo constar la inscripción “Pago derechos de examen Arquitecto interino”.

Estarán exentos del pago de esta tasa, los interesados que se encuentren inscritos en la oficina de empleo, lo que se acreditará mediante un certificado de la misma; asimismo, deberán aportar un informe de vida laboral actualizado, que acredite la situación de desempleado y un certificado del servi­cio público de empleo estatal, que acredite que no perciben ningún tipo de ayuda o prestación.

Estos tres requisitos, deberán darse, al menos, con un mes de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín y se deberán aportar para obtener la exención de los derechos de pago de examen.

QUINTA.- Admisión de los aspirantes y listas de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Mancomunidad La Campiña Baja dictará una Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en Tablón de anuncios de la corporación y en la página web de la Mancomunidad (www.mancomunidadcampinabaja.es), concediéndose a los excluidos un plazo de diez días, de acuerdo con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 71 de la Ley 30/1992, para la subsanación de los posibles errores.

Una vez pasado el plazo de los diez días para la subsanación, se dictará una nueva Resolución, aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en la cual se determinará el lugar, la fecha y la hora del primer ejercicio y la composición nominal del Tribunal calificador, que se hará pública en el Tablón de anuncios de la corporación y en la página web de la Mancomunidad

SEXTA.- Tribunal calificador.

El Tribunal calificador en el que todos sus miembros tendrán voz y voto, a excepción del Secretario que tendrá voz, estará constituido de conformidad con el ar­tícu­lo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Estos miembros deberán tener un nivel de titulación igual o superior a la de la plaza convocada. Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieran las circunstancias previstas en el ar­tícu­lo 28 de la Ley 30/1992. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el desarrollo del proceso selectivo y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo, en todo lo no previsto en estas Bases. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal calificador estará constituido por:

- Presidente: El Secretario General del Ayuntamiento de El Casar y de la Mancomunidad, siendo su sustituto el Secretario General del Ayuntamiento de Torrejón del Rey

- Secretario: Un funcionario técnico de alguno de los ayuntamientos mancomunados

- Vocales: Tres Arquitectos superiores designados por la Presidencia.

Se designarán asimismo los respectivos suplentes.

El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que deberán hacerse públicos con el mismo y que podrán actuar con voz pero sin voto.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el ar­tícu­lo 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SÉPTIMA.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

Los aspirantes serán convocados para los ejercicios en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal, la no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido, en su consecuencia, del procedimiento selectivo.

El Tribunal podrá, en todo momento, requerir a los aspirantes para que se identifiquen debidamente, a cuyo efecto habrán de concurrir a cada ejercicio provistos del Documento Nacional de Identidad.

OCTAVA.- Ejercicios de la oposición.

Los ejercicios de la oposición serán dos, de manera que si no se supera el primero, con cinco puntos sobre diez, no se podrá realizar el segundo.

Primer ejercicio:

Consistirá en una prueba escrita durante un máximo de tres horas, de desarrollo de un tema de la Parte general y dos temas de la Parte especial extraídos al azar por el tribunal de los que constan en el Anexo.

La valoración de este ejercicio será: El tema de la parte general se valorará con dos puntos, como máximo, y con cuatro puntos, como máximo, cada uno de los dos temas de la parte especial.

En este ejercicio, se apreciará, fundamentalmente, la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión. El Tribunal podrá señalar a los opositores que lean el ejercicio, pudiendo dialogar con ellos una vez acabada la lectura, sobre cuestiones relacionadas con las materias planteadas, por un período máximo de diez minutos.

El orden de llamamiento de los aspirantes para la lectura del ejercicio, en su caso, será el resultante del sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública correspondiente al año 2014.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la resolución de uno/varios supuesto/s prácticos, para la elaboración de uno/varios informe/s técnico/s, en relación con el temario, Parte especial, sometido a examen, que determinará el tribunal. Para el desarrollo de este ejercicio se dejará al opositor que lleve y consulte durante el ejercicio la siguiente normativa:

Real Decreto Legislativo 2/ 2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo.

Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

Decreto 87/1993, de 13/07/1993, sobre catalogos de suelo de uso residencial.

Decreto 242/2004, de 27/07/2004, por el que se aprueba el reglamento de suelo rústico de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Decreto 248/2004, de 14/09/2004, por el que se aprueba el reglamento de planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.

Decreto 178/2010, de 01/07/2010, por el que se aprueba la Norma Técnica de Planeamiento para homogeneizar el contenido de la documentación de los planes municipales.

Decreto 34/2011, de 26/04/2011, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

Orden de 31/03/2003, por la que se aprueba la instrucción técnica de planeamiento sobre determinados requisitos sustantivos que deberán cumplir las obras, construcciones e instalaciones en suelo rústico.

Planes de Ordenación Urbana de los municipios mancomunados.

Se valorará el correcto planteamiento en la resolución de los problemas, la exposición técnica de los mismos, el conocimiento de la legislación aplicable o, en su caso, de las cuestiones técnicas atinentes al caso práctico. El tiempo máximo de duración de esta parte será de hora y media, debiendo ser leído el ejercicio ante el Tribunal, pudiendo el mismo dialogar con ellos, acabada la lectura, sobre cuestiones relacionadas con los asuntos planteados, por un período, por un período máximo de quince minutos. La valoración máxima de este ejercicio será de diez puntos.

NOVENA.- Calificación de los ejercicios.

Cada uno de los dos ejercicios de oposición se calificará de 0 a 10 puntos.

La calificación en cada uno será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal calificador, sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del mismo y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel.

Las calificaciones de los aspirantes se harán públicas en el Tablón de edictos de la Mancomunidad y en la página web de la Mancomunidad.

La puntuación total estará determinada por la media aritmética de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, cinco puntos en cada uno de ellos. En el supuesto de existir un empate en la puntuación total entre dos o más candidatos, aprobará quien haya obtenido mejor puntuación en el segundo ejercicio y, de persistir el empate, el que haya obtenido mejores calificaciones en la Escuela de Arquitectura.

DÉCIMA.- Calificaciones, bolsa de empleo, aspirante aprobado, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes por el tribunal, se publicará en el Tablón de edictos y en la página web de la Mancomunidad la calificación y la bolsa de empleo que se constituya, haciéndose mención al aspirante que, en su caso, haya aprobado con la mayor puntuación, elevándose dicha relación a la Presidencia de la Mancomunidad. El aspirante propuesto deberá presentar, salvo causa justificada dentro del plazo de 10 días, los documentos acreditativos de capacidad con un certificado médico y demás requisitos exigidos en la convocatoria.

Si no lo hicieran dentro del plazo señalado, salvo causa de fuerza mayor, quedarán anuladas todas sus actuaciones. El aspirante propuesto deberá tomar posesión en el plazo máximo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Si no lo hiciera en el plazo señalado sin causa justificada cada, podrá el Tribunal proponer al siguiente aspirante con la mayor puntuación definitiva.

Se publicará la lista con la puntuación de los aspirantes tras lo cual se elevará la formación de la bolsa de empleo por el orden de puntuación al Sr. Presidente de la Mancomunidad La Campiña Baja

Esta bolsa de empleo se utilizará haciendo llamamientos por el orden de puntuación, mediante una llamada telefónica o un correo electrónico de contacto, que habrán señalado con anterioridad los aspirantes en las instancias. Indicar que, en el caso de que alguno de los aspirantes cambie de teléfono o correo deberá comunicarlo a la Mancomunidad La Campiña Baja. Si efectuada la llamada o el envío del correo, electrónico, transcurre un plazo de 24 horas y no fuera posible contactar con el interesado o no se recibiera contestación del mismo, se pasará al siguiente de la lista. Cuando el aspirante fuera requerido para su nombramiento y rechazara la oferta, perderá su lugar de la bolsa y pasará al último lugar, salvo causa justificada, entendiendo por tal: Enfermedad o asimilación a ILT para desempeñar el trabajo o realización de un trabajo en otra Administración o en una empresa.

El nombramiento se llevará a efecto cuando surjan las necesidades para las que está prevista la Bolsa, debiendo la persona propuesta aportar ante la Administración, en un plazo máximo de diez días, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria que no se hayan aportado, siendo precisa la presentación de un certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

Si no presentara dicha documentación en el plazo señalado, salvo causa justificada, se podrá proponer al siguiente aspirante con más puntuación. Una vez aportada la documentación requerida, se procederá al nombramiento.

UNDÉCIMA.- Ley Reguladora del proceso selectivo.

La presentación de instancia solicitando tomar parte en esta oposición constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases reguladoras del mismo, que tienen consideración de Ley Reguladora de esta Convocatoria. El Tribunal resolverá las dudas que se presenten y tomará los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases. Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo establecido a la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el RDL 781/1986, de 18 de abril; el RD 896/1991, de 7 de junio y el RD 364/1995, de 10 de marzo; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servi­cio de las Administraciones Públicas y demás normativa de aplicación subsidiaria, sometiéndose en las controversias que su aplicación genere a los Tribunales de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa

TEMARIO
PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes de los españoles.

Tema 2. La organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. Órganos y competencias. Competencias en ordenación del Territorio.

Tema 3. La Administración local. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; principios y contenidos.

Tema 4. Estatutos de la Mancomunidad la Campiña Baja: Competencias, organización y funcionamiento.

Tema 5. El acto administrativo. Validez y eficacia.

Tema 6. La ejecución del acto administrativo y los recursos administrativos.

Tema 7. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

Tema 8. Disposiciones generales relativas a la tramitación de procedimientos administrativos: Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Los interesados; los derechos de los ciudadanos.

Tema 9. Los bienes de las entidades locales. Clases y régimen jurídico.

Tema 10. Incompatibilidad de los empleados públicos. Regulación y principios generales. Incompatibilidades con otras actividades públicas. Competencia para autorizar la compatibilidad. Incompatibilidad para realizar actividad privada. Actividades exceptuadas del principio de incompatibilidad. Infracciones y sanciones.

PARTE ESPECIAL

Tema 1. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo: Régimen y contenido del derecho de propiedad del suelo. El régimen del suelo: Situaciones y criterios de utilización. Las actuaciones de transformación urbanística.

Tema 2. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo: El régimen de valoraciones. La expropiación forzosa y la responsabilidad patrimonial. La función social de la propiedad y la gestión de suelo.

Tema 3. Los Planes supramunicipales en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: Los Planes de Ordenación del Territorio. Los Planes de Singular Interés.

Tema 4. Los Planes municipales en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: Los Planes de Ordenación Municipal. Los Planes de delimitación de Suelo Urbano.

Tema 5. Los Planes de Desarrollo en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: Los Planes Parciales. Los Planes Especiales de Reforma Interior.

Tema 6. Los Planes especiales en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha.

Tema 7. Otros instrumentos municipales en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha. Los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos. Los Catálogos de Suelos Residenciales Públicos. Los Estudios de Detalle. Los Proyectos de Urbanización.

Tema 8. Procedimiento para la elaboración de planes y demás instrumentos de ordenación en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha. Actos preparatorios. Iniciativa privada en la elaboración de los planes y otros instrumentos de ordenación. Tramitación de los planes y otros instrumentos de ordenación urbanística.

Tema 9. Vigencia, revisión y modificación de los instrumentos de Ordenación en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha. Suspensión de planeamiento urbanístico. Efectos de la aprobación de los instrumentos de ordenación. Determinaciones legales sustantivas de directa aplicación.

Tema 10. La actividad urbanística en Castilla-La Mancha: Criterios y fines de la actividad pública territorial y urbanística. La gestión de la actividad urbanística. La participación de los sujetos privados.

Tema 11. La concertación de la actuación pública en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: El deber de concertación. La concertación interadministrativa de los instrumentos territoriales. Los Convenios Urbanísticos.

Tema 12. El régimen urbanístico de la propiedad del suelo en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: Clasificación y régimen jurídico de las distintas clases de suelo: contenido urbanístico de la propiedad urbanística en las distintas clases de suelo.

Tema 13. La intervención pública en el mercado inmobiliario en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: Patrimonios públicos de suelo. Tipos, naturaleza y bienes integrantes. Destino. Gestión. Derecho de superficie y los derechos de tanteo y retracto sobre suelos y edificaciones.

Tema 14. La ejecución del planeamiento en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: La organización y el orden de desarrollo de la ejecución. Las formas de gestión de la ejecución del planeamiento: Presupuestos. La ejecución mediante actuaciones urbanizadoras: Gestión directa y gestión indirecta. La ejecución de los sistemas generales. Otras formas de ejecución: Obras públicas ordinarias y la ejecución en actuaciones edificatorias.

Tema 15. La expropiación forzosa en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha: Supuestos expropiatorios. Beneficiarios de la expropiación. La relación de propietarios y los bienes de dominio público. El justiprecio y su pago en especie. Procedimiento expropiatorio.

Tema 16. El control de las actividades objeto de la actividad urbanística en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha. Órganos que ejercen la función de control de los actos de uso del suelo y de la edificación en la legislación de Castilla-La Mancha.

Tema 17. La comunicación previa. Introducción y antecedentes. Concepto de comunicación previa. La comunicación previa en la legislación de Castilla-La Mancha. Actos urbanísticos sujetos a comunicación previa en Castilla-La Mancha. Procedimiento aplicable a los actos urbanísticos sujetos a comunicación previa: Iniciación, instrucción y terminación. El trámite de consulta.

Tema 18. La licencia urbanística. Concepto, naturaleza y contenido de la licencia urbanística. La tipología de licencias establecidas en la legislación urbanística de Castilla-La Mancha. El sistema de integración de licencias urbanísticas en Castilla-La Mancha. Licencias urbanísticas y licencias de actividad.

Tema 19. Actos sujetos a licencia urbanística. Clasificación general. Las parcelaciones o cualesquiera otros actos de división de fincas o previos en cualquier clase de suelo, no incluidas en proyectos de reparcelación. Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de toda clase de nueva planta. Las obras y los usos que hayan de realizarse con carácter provisional. Régimen jurídico de los actos de uso del suelo y de la edificación en suelo rústico.

Tema 20. La primera utilización y ocupación de los edificios e instalaciones en general, y la modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones. Los actos de uso del suelo y de la edificación que no están sujetos a licencia urbanística en Castilla-La Mancha. El silencio administrativo en las licencias urbanísticas

Tema 21. Las órdenes de ejecución: Riesgos inminentes. Incumplimiento. El deber de conservación. La inspección periódica de edificios. Situación legal de ruina: Procedimiento y competencia. Ruina física inminente.

Tema 22. Actuaciones ilegales y clandestinas. Procedimiento de restauración y legalización. Medidas cautelares: Suspensión, precinto y desalojo. Inactividad municipal. Edificaciones fuera de ordenación.

Tema 23. Infracciones y sanciones urbanísticas: Sujetos responsables. Las sanciones urbanísticas. Graduación: Agravantes y atenuantes para la determinación de la sanción. Prescripción. Responsabilidades de autoridades y funcionarios

Tema 24. Legislación medio-ambiental, de ruidos, de carreteras, vías pecuarias y aguas: Normativa comunitaria, estatal y castellano-manchega. El régimen de autorizaciones en suelo rústico

Tema 25. La Ley 7/2011 de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha.

Tema 26. La Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

Tema 27. Sistemas de información geográfica como instrumentos para el planeamiento urbanístico y la ordenación del territorio.

Tema 28. Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación. Concepto de edificación. Requisitos básicos. Proyecto, licencia y recepción de las obras. Agentes de la edificación. Definición y requisitos. Responsabilidad civil y garantías.

Tema 29. Normativa técnica de la edificación. Estudios geotécnicos y cimentaciones. Estructuras. Cerramientos. Carpinterías. Solados. Revestimientos. Cubiertas. Condiciones térmicas. Protección acústica. Instalaciones de agua, eléctricas, telecomunicaciones, gas, calefacción y agua caliente sanitaria. Protección contra incendios. Instalaciones especiales.

Tema 30. Patología de los edificios. Deficiencias en elementos estructurales, grietas en instalaciones. Humedades de penetración y condensación. Sus causas y su reparación

Tema 31. Eliminación de barreras arquitectónicas en Castilla-La Mancha. Código de accesibilidad. Tema 37. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD 842/2002). Ámbito de aplicación. Instrucciones técnicas complementarias. Criterios generales de aplicación para edificios de viviendas.

Tema 32. Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo. RD 39/1997 por el que se aprueba el reglamento de los servi­cios de Prevención. RD 1627/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Principios generales. Fases. Estudio y Plan de seguridad. Obligaciones de los agentes intervinientes.

Tema 33. Real Decreto Legislativo 1/1998, sobre Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones en los Edificios, Reglamento regulador de las mismas (RD 279/1999) y normativa complementaria. Ámbito de aplicación, obligaciones y facultades de operadores y propiedad. Elementos de una instalación común de telecomunicaciones. Características generales.

Tema 34. Conocimiento social, económico y vías urbanas más importantes de los municipios que componen la Mancomunidad La Campiña Baja.

Tema 35. Conocimiento general de los Planes de Ordenación Municipal vigentes de los municipios que integran la Mancomunidad la Campiña Baja.

Tema 36. La dirección de obra. Iniciación de la obra. Acta de replanteo y Programa de Trabajo. Certificaciones de obra. Medición de la obra.

Tema 37. Recepción de las obras. Periodos de garantía y conservación de las obras. Liquidación de la obra. Régimen de responsabilidades por defectuosa ejecución de las obras.

Tema 38. Patología de los edificios. Deficiencias en elementos estructurales, grietas en instalaciones. Humedades de penetración y condensación. Sus causas y su reparación.

En El Casar a 11 de julio de 2014.– El Presidente, Pablo Sánz Pérez.

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