Ayuntamiento de Sacecorbo
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Publicación creación de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública de la responsabilidad del Ayuntamiento de Sacecorbo.
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Por la presente se hace público que el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sacecorbo, con fecha 5 de diciembre de 2014, tuvo a bien emitir la siguiente Resolución, relativa a la creación de los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública de la responsabilidad de este Ayuntamiento, y que transcrita literalmente dice:
«Considerando que la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) establece en su artículo 2 que la misma será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. Asimismo, establece en su artículo 20, 2.º los aspectos que dicha resolución de creación o modificación de ficheros debe contener.
Considerando que el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas deberá efectuarse por medio de una disposición de carácter general o acuerdo, la cual debe ser publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.
Al objeto de crear los ficheros de datos personales de los que el Ayuntamiento de Sacecorbo es responsable, en los términos y condiciones establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento de desarrollo, se acuerda por parte de esta Alcaldía la aprobación de la presente disposición de creación de ficheros en la que se resuelve:
Primero.- Crear los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública de la responsabilidad del Ayuntamiento de Sacecorbo que se relacionan en el Anexo I de la presente disposición y que deberán adecuarse a los términos y condiciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y disposiciones de desarrollo, en particular a las prescripciones establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD.
Segundo.- Dar traslado a la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos Personales los ficheros de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas. Asimismo, en el Título V del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que desarrolla determinados aspectos de la Ley Orgánica 15/1999, se señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de datos mediante el traslado a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la disposición de creación del fichero.
Tercero.- Publicar el correspondiente anuncio de creación de los citados ficheros en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de su entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
Cuarto.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que este celebre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en Sacecorbo a 5 de diciembre de 2014.