Ayuntamiento de Luzaga
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Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 1/2014 del vigente presupuesto, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente de tesorería y mayores ingresos, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, y de conformidad con lo establecido en el artículo 177.2, en relación con el 169.3, del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se procede a su publicación en los términos que constan a continuación:
ESTADO DE GASTOS |
||||
APLICAC. |
DESCRIPCIÓN |
C. INICIAL |
MODIFICA. |
C. DEFINIT. |
920.131 |
Personal laboral |
3.000,00 |
4.500,00 |
7.500,00 |
920.160 |
Cotizaciones sociales a la S.S. |
2.700,00 |
1.600,00 |
4.300,00 |
161.221 |
Material, suministro y otros |
3.000,00 |
5.000,00 |
8.000,00 |
SUMAS |
11.100,00 |
|||
FINANCIACIÓN ESTADO DE INGRESOS |
||||
APLICAC. |
DESCRIPCIÓN |
C. INICIAL |
MODIFICA. |
C. DEFINIT. |
450 |
Transferencias corrientes JCCLM |
1.700,00 |
3.150,00 |
4.150,00 |
311 |
Tasas por servicios asistenciales |
600,00 |
1.400,00 |
2.000,00 |
870 |
Remanente de tesorería |
0,00 |
6.550,00 |
6.550,00 |
SUMAS |
11.100,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación de créditos n.º 1/2014, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Luzaga a 8 de octubre de 2014.– El Alcalde, Gonzalo Luengo Gil.