Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
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NIG: 19130 44 4 2011 0101840
N28150
N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000104/2011
Demandante/s: Bianca Luana Jurj
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: La Catedral de Azuqueca, C.B.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Procedimiento Ordinario 0000104/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª Bianca Luana Jurj contra la empresa La Catedral de Azuqueca, C.B., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.
Y para que sirva de notificación en legal forma a La Catedral de Azuqueca, C.B., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a treinta y uno de julio de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial.
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero.
En Guadalajara, a treinta y uno de julio de dos mil doce.
Visto el estado en que se encuentra el presente procedimiento y habiéndose suspendido el mismo, se señala nuevamente para la audiencia del día siete de febrero de 2013 a las 9:30 horas la conciliación y a las 9:45 horas el juicio.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”
El/La Secretario/a Judicial.