AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. CONCEJALÍA DE MUJER E IGUALDAD
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BASES DEL CONCURSO MARCA PAGINAS 25N -DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
CÓDIGO BDNS 935322
El Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca el Concurso para la realización de un marcapáginas conmemorativo del 25N de 2026, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. Los marcapáginas presentados podrán formar parte de las acciones de difusión y sensibilización que se desarrollen desde el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara con motivo del 25 de noviembre de 2026. Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes
BASES
1.- OBJETO El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los marcapáginas presentados, aquel que el jurado considere mejor, tanto por la calidad artística, originalidad y creatividad y su adecuación temática. Con esta convocatoria el Ayuntamiento de Guadalajara pretende apelar a la sensibilidad ciudadana en la lucha contra la violencia de género, instándola a no mirar hacia otro lado, desarrollando actitudes comprometidas para que no se normalicen en nuestra sociedad las vejaciones, las agresiones, el acoso hacia las mujeres o cualquier forma de expresión de violencia contra ellas.
2.- PARTICIPANTES
2.1.- Pueden participar en el concurso personas mayores de 14 años. Las personas menores de 18 años deberán adjuntar una autorización de la madre/padre o tutor legal (no hay modelo normalizado). Indicar el nombre, apellidos y DNI en calidad de madre, padre o tutor/a legal, de la persona menor de edad, con nombre y apellidos, que autoriza su participación en el Concurso de marcapáginas 25N, fecha y firma.
2.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara. Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores.
2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos.
3.- CONDICIONES TÉCNICAS
3.1.- Se admitirá un máximo de 1 obra por autor/a.
3.2.- La temática estará relacionada con la conmemoración de 25N, Día internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres, siendo el principal objetivo concienciar y sensibilizar a la ciudadanía sobre un problema que persiste y crece día a día en nuestra sociedad, como es la violencia que se ejerce sobre las mujeres.
3.3.- La obra podrá ser realizada con cualquier técnica, manual o digital, En todos los casos, la obra deberá presentarse obligatoriamente en formato digital PDF, con unas dimensiones exactas de 6 x 18 cm, en formato vertical y a una sola cara.
3.4.- Para preservar la identidad del autor hasta el fallo del jurado, el marcapáginas se presentará sin firma. Se anexarán como archivo adjunto el Anexo I de inscripción y copia del DNI.
3.5.- Las obras presentadas deberán incluir el siguiente texto: 25 N. Día internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres 2026 y cualquier otra frase o slogan.
4.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS Y PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
4.1.- Las obras se enviarán al email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y se mandará un email confirmatorio de su recepción. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y hasta el día 9 de noviembre de 2026.
4.2.- El texto íntegro de la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara.
4.3.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
5.- PREMIOS Se establecen los siguientes premios:
1er premio 200 €
2º premio 100 €
La dotación presupuestaria total se cifra en 300 €, correspondientes a la aplicación presupuestaria 231.4.480 del vigente Presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara del ejercicio 2026.
6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio dibujo presentado, el jurado deberá ponderar equilibradamente los criterios de calidad artística, originalidad y creatividad y su adecuación temática de las obras según los siguientes criterios: - Originalidad de los trabajos - Calidad técnica de los trabajos. - Capacidad de transmitir el significado del 25 de noviembre y sus valores. - Calidad artística de los trabajos Serán causas de descalificación de los trabajos: - La presentación de un trabajo que no sea original e inédito. - La existencia de algún tipo de marca, huella o cualquier otro elemento sobre el trabajo que permita la identificación de la persona participante. - Así mismo se excluirán los trabajos que atenten contra la dignidad de las personas, que contengan imágenes, mensajes o símbolos que puedan ser considerados ofensivos, discriminatorios, degradantes o que promuevan la violencia o el odio hacia cualquier grupo o individuo. -
7.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN El órgano competente para la Instrucción de este procedimiento es el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el concejal delegado de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara
8.- JURADO
8.1.- La selección y concesión del Premio del Concurso se realizará a propuesta de un jurado que estará constituido de la siguiente forma: Presidente: concejal delegado de Mujer e Igualdad. Vocales: Dos personas funcionarias del Ayuntamiento de Guadalajara pertenecientes al área de mujer e igualdad y dos personas pertenecientes a asociaciones de mujeres u organizaciones que trabajen con mujeres víctimas de violencia de género. Secretaría: Personal técnico del Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara
8.2.- Este jurado levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases. Dicha acta reflejará las obras ganadoras y los méritos que concurren en ellas para tal distinción. Este documento constituirá propuesta de acuerdo al concejal delegado de Mujer e Igualdad, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.
8.3.- El jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiado.
8.4.- Las decisiones del jurado en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases. 8.5.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del jurado.
9.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS.
9.1.- Se notificará personalmente, y por la vía que hayan propuesto el resultado del concurso a todos los participantes del mismo.
9.2.- El plazo para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a los participantes será de 60 días desde la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
9.3.- Una vez fallado el concurso y concedido el premio, la obra ganadora se utilizará como parte de la campaña de difusión del 25N, Día internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres 2026 de Guadalajara, apareciendo en aquellos soportes publicitarios y de comunicación que el Ayuntamiento y las entidades colaboradoras estime oportuno.
9.4.- La explotación y uso de imágenes de las obras presentadas pasarán a formar parte del Ayuntamiento de Guadalajara desde el momento del fallo del jurado.
10.- RESPONSABILIDAD El Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara garantiza el mayor cuidado de los trabajos, pero en ningún caso se hace responsable de posibles deterioros que sufran por causas ajenas o de fuerza mayor.
11.- OTRAS DETERMINACIONES
11.1. La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguna de las condiciones antes expuestas.
11.2.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.
12.- NORMA FINAL Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/20015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para el presente ejercicio, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común.
En Guadalajara a 15 de octubre de 2026. Don Roberto Narro Ortiz. Concejal Delegado del Área de Mujer e Igualdad
HOJA DE INSCRIPCIÓN AL PREMIO PARA EL CONCURSO DE MARCAPÁGINAS 25N 2026 DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
NOMBRE Y APELLIDOS:
DNI:
LOCALIDAD:
TELÉFONO :
EMAIL:
Firma *Fecha límite presentación de obras: 3 de noviembre de 2026. Los datos personales incluidos en este formulario serán incorporados al fichero de Gestión del Área de Mujer e Igualdad, responsabilidad del Ayuntamiento de Guadalajara. Ud. Puede ejercer sobre esos datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Guadalajara, Plaza Mayor, 1, 19071, GUADALAJARA.





