DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con la base decimotercera de la Convocatoria de Subvenciones a para el desarrollo, mantenimiento y realización de programas sociales en la provincia, año 2024, se procede a publicar el Decreto de la Presidencia de la Diputación de Guadalajara, de 6 de agosto de 2024, por el que se aprueba la resolución definitiva de la referida convocatoria:
“ANTECEDENTES
- La Junta de Gobierno celebrada el día 30 de abril de 2024 aprobó la Convocatoria de subvenciones para el desarrollo, mantenimiento y realización de programas sociales en la provincia, año 2024.
- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se articula el procedimiento de resolución de la Convocatoria de referencia, elevando a la Junta de Gobierno propuesta de resolución provisional.
- En sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de fecha 9 de julio de 2024, se acuerda esta Resolución provisional, concediendo a los interesados un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes.
- El contenido del acuerdo de Resolución se publica en el BOP de la Provincia de Guadalajara número 133 de 12 de julio de 2024.
- Una vez finalizado el plazo de alegaciones concedido (hasta el 26 de julio de 2024) se constata que no se han producido reclamaciones al acuerdo provisional en el Registro General de esta Diputación ni ningún otro pronunciamiento al respecto.
- En la base duodécima de la convocatoria se establece: “En caso de que no se produzcan alegaciones o no se estimen las presentadas, la Junta de Gobierno de la Diputación delega la competencia para aprobar la resolución definitiva del procedimiento en el Presidente de la institución, la cual, será notificada a los interesados de la forma indicada.”
A la vista de los antecedentes referidos, y de conformidad con la propuesta motivada de la Sra. Diputada-Delegada de Bienestar Social e igualdad, sanidad, consumo, cooperación al desarrollo, género y diversidad,
RESUELVO
Primero. – Conceder las subvenciones solicitadas a las siguientes entidades para financiar la realización de las actividades recogidas en el Anexo II del expediente de solicitud. Estas cantidades están supeditadas a la justificación del gasto en los términos referidos en la convocatoria:
EXPEDIENTE |
ENTIDAD SOLICITANTE |
NIF |
DENOMINACIÓN DEL PROYECTO |
POBLACIÓN DESTINATARIA |
COSTE TOTAL |
IMPORTE SOLICITADO |
3833/2024 |
ASOCIACIÓN ATENCIÓN A PERSONAS DEPENDIENTES SAN BENITO ABAD |
***2714** |
Te tendemos la mano |
Arbancón |
5.000,00 € |
4.000,00 € |
3964/2024 |
ASOCIACIÓN FAMILARES Y AMIGOS ENFERMOS DE ALZHEIMER Y OTRO TIPO DE DEMENCIAS |
***2398** |
Programa integral de atención especializada para prevenir y atender las situaciones de dependencia de personas con alzheimer y otras demencias neurodegenerativas, dar apoyo específico a las familias/cuidadores y sensibilizar a la población general |
Molina de Aragón; Terzaga; Tortuera; La Yunta. |
10.000,00 € |
4.000,00 € |
3979/2024 |
ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE FAMILIARES DE ENFERMOS DE ALZHEIMER |
***1613** |
Formación en demencias para personas cuidadoras en zonas rurales |
Alovera; Brihuega; Cabanillas del Campo; El Casar; Humanes; Marchamalo; Torija |
5.000,00 € |
4.000,00 € |
4045/2024 |
ASOCIACIÓN ALCER GUADALAJARA |
***0236** |
Programa de atención nutricional al paciente renal |
83 municipios de la provincia, cuya población es inferior a 20.000 habitantes |
3.500,00 € |
3.000,00 € |
4083/2024 |
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER |
***1975** |
Formación de voluntariado en entorno rural para combatir la soledad no deseada |
Brihuega; El Casar; Mondéjar; Pioz; Uceda. |
6.542,00 € |
4.000,00 € |
4101/2024 |
ASOCIACIÓN DE DAÑO CEREBRAL SOBREVENIDO DE CASTILLA LA MANCHA |
***5252** |
Apoyo y orientación social a familias y a personas con daño cerebral sobrevenido de Guadalajara |
Alovera; Arbancón; Brihuega; Cabanillas del Campo; Chiloeches; Cogolludo; El Casar; Galápagos; Hiendelaencina; Humanes de Mohernando; Lupiana; Marchamalo; Molina de Aragón; Mondéjar; Montarrón; Orea; Quer; Sacedón; Torija; Valdeluz; Yunquera de Henares |
5.958,00 € |
4.000,00 € |
4102/2024 |
ASOCIACIÓN CAMINANDO |
***2997** |
Terapia asistida con caballos |
Alovera; Cabanillas del Campo; Chiloeches; El Casar; Pioz; Renera; Viñuelas. |
11.880,00 € |
4.000,00 € |
4149/2024 |
CÁRITAS DIOCESANA SIGÜENZA GUADALAJARA |
***0003** |
Promoción y acompañamiento para el voluntariado de Cáritas en zonas rurales de la provincia de Guadalajara |
Albares; Albalate de Zorita; Almonacid de Zorita; Alcocer; Chiloeches; Galápagos; Humanes; Jadraque; Mondéjar; Molina de Aragón; Sigüenza; Uceda; Yunquera de Henares |
4.542,09 € |
4.000,00 € |
4154/2024 |
FUNDACIÓN MADRE |
***1638** |
Programa de atención dirigidos a la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad |
Brihuega; Cabanillas del Campo; Cifuentes; Fuentelencina; Jadraque; Marchamalo; Pastrana |
3.289,82 € |
2.960,83 € |
4158/2024 |
ASOCIACIÓN DE PADRES DE NIÑOS AUTISTAS DE GUADALAJARA |
***2132** |
Atención a personas con TEA y sus familias 2024 |
Albalate de Zorita; Alovera; Brihuega; Cabanillas del Campo; Centenera; Chiloeches; Cifuentes; El Casar; Escalera; Espinosa de Henares; Fontanar; Hita; Hontoba; Humanes; Loranca de Tajuña; Marchamalo; Pioz; Sacedón; Sigüenza; Torija; Tórtola de Henares; Yebes-Valdeluz; Yunquera de Henares |
50.020,69 € |
4.000,00 € |
Segundo. - Desestimar la solicitud presentada por la Fundación Tutelar de daño cerebral, con Expte. nº 4095/2024, dado que, de la documentación aportada, se evidencia que dicha entidad no tiene domicilio social ni delegación en la provincia de Guadalajara, siendo preceptivo al menos uno de ellos para ser beneficiaria de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en la base tercera del procedimiento.
Tercero. – No considerar la solicitud de la Asociación Banco de Alimentos de Guadalajara, con Expte. nº 3714/2024, porque esta entidad ha recibido subvención nominativa en el vigente ejercicio presupuestario para financiar los gastos de mantenimiento y desarrollo de sus actividades y, el proyecto para el que se solicita subvención forma parte de la actividad de la solicitante, entendiéndose, por tanto, ya financiado por la misma.
Cuarto. – Excluir de las ayudas la solicitud de la Asociación Cultural El Hayedo, con Expte. nº 4091/2024, por incumplimiento de los requisitos establecidos en la base cuarta, ya que no se acredita suficientemente que la actividad para la que solicita ayuda cubra las necesidades específicas de atención a personas que se encuentren en riesgo o en situación de exclusión social u otras situaciones de vulnerabilidad. A su vez, los gastos para los que solicitan subvención no son subvencionables, dado que la instalación de aparatos de calistenia es un gasto de inversión, gastos explícitamente excluidos en la base sexta del procedimiento.
Quinto. -Dar traslado de este acuerdo mediante su publicación en el B.O.P. de la Provincia de Guadalajara, en cumplimiento de lo establecido en la base decimotercera de la convocatoria.
Sexto. -Las entidades beneficiarias estarán obligadas a presentar la cuenta justificativa de la ayuda concedida en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en todo caso, con fecha límite el 31 de octubre de 2024, en los términos establecidos en la base decimosexta de la convocatoria.
Séptimo. -Esta resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con lo establecido por el artículo 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.”.
En Guadalajara, a 6 de agosto de 2024. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez