DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con la base decimoséptima de la Convocatoria de Subvenciones a proyectos de Cooperación al Desarrollo, se procede a publicar el Acuerdo de resolución de la referida convocatoria, según acuerdo en sesión ordinaria de 25 de junio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara:
“8.- Expediente 6215/2023. Resolución definitiva convocatoria anticipada de subvenciones a Proyectos de Cooperación al desarrollo.
El Sr. Presidente da cuenta de que la Junta de Gobierno de 5 de diciembre de 2023 aprobó la Convocatoria anticipada de subvenciones a Proyectos de Cooperación al desarrollo.
Con fecha 13 de diciembre de 2023, en el BOP de la Provincia de Guadalajara número 235, se publicó el extracto de esta convocatoria.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se articuló el procedimiento de resolución del referido procedimiento de concesión de subvenciones, elevando a la Junta de Gobierno propuesta provisional.
En sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de fecha 21 de mayo de 2024, se acuerda la Resolución provisional de la Convocatoria anticipada de subvenciones a Proyectos de Cooperación al desarrollo.
El contenido de dicho acuerdo se publica en el BOP de la Provincia de Guadalajara número 100 de 23 de mayo de 2024.
Constatado que no se han producido reclamaciones al acuerdo provisional en el Registro General de esta Diputación en el período concedido al efecto, procede elevar a definitiva la resolución provisional aprobada por la Junta de Gobierno de fecha 21 de mayo de 2024.
Por todo ello, vistos los informes y documentos que obran en el expediente y en cumplimiento de lo estipulado en la convocatoria anticipada de subvenciones a Proyectos de Cooperación al desarrollo.
La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención, acuerda:
Primero. Modalidad A) Proyectos de Cooperación al Desarrollo, gasto en inversiones
Primero.1.- Conceder las subvenciones por la cuantía solicitada a los tres proyectos presentados, dado que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, existe dotación presupuestaria suficiente para atenderlos a todos:
Nº Expte. |
Entidad solicitante |
NIF |
Proyecto |
Contrapar-te |
Pun-tos |
Coste total Proyecto |
Solicitud Capítulo IV |
Solicitud Capítulo VII |
Propuesta subvención |
215/ 2024 |
ARCORES ESPAÑA |
****22*** |
Promoviendo viviendas saludables mediante la implementación de tecnologías sustentables en 4 comunidades de Chota y Lajas, Perú |
ARCO-RES Perú |
56,5 |
103.337,37 € |
2.440,15 € |
48.757,07 € |
51.197,22 € |
7263/ 2023 |
FUNDA-CIÓN UNICEF COMITÉ ESPAÑOL |
****51*** |
Restaurar el derecho a la educación infantil de la infancia más vulnerable y generar un cambio social que acabe con la exclusión escolar infantil, en Mali. |
UNICEF Mali |
47,5 |
250.000,00 € |
1.261,28€ |
14.700,00 € |
15.961,28 € |
268/ 2024 |
ASAM-BLEA DE COOPERA-CIÓN POR LA PAZ |
****76*** |
Mejorar los mecanismos de respuesta ante desastres y riesgos |
Ciudad Alternati-va |
47,5 |
35.263,38 € |
5.000,00 € |
23.137,38 € |
28.137,38 € |
SUMA |
8.701,43 € |
86.594,45 € |
95.295,88 € |
Segundo. Modalidad B) Proyectos de Cooperación al Desarrollo, gasto corriente.
Segundo.1.- Conceder las subvenciones por la cuantía solicitada a los proyectos que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, han superado la puntuación mínima exigida en la fase de valoración:
Nº Expte |
Entidad solicitante |
NIF |
Proyecto |
Contraparte |
Pun-tos |
Coste total Proyecto |
Solicitud Capítulo IV |
Propuesta de subvención |
265/ 2024 |
MANOS UNIDAS |
****67*** |
Fortalecimiento de gobernanza territorial y ambiental con equidad de género para alcalzar el Tajimat Pujut, del pueblo indigena Awajún Amazonia Peruana. |
Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica CAAAP |
55,5 |
205.696,94 € |
29.934,15 € |
29.934,15 € |
264/ 2024 |
ASOCIA-CIÓN INVESTIGA-CIÓN Y ESPECIALI-ZACIÓN SOBRE TEMAS IBEROAME-RICANOS |
****31*** |
Prevención violencia de género y embarazo adolescente en el marco Educación Sexual Integral en docentes y estudiantes de nivel secundaria de San Juan Lurigancho, Lima, Perú. |
Instituto de fomento de una educación de calidad -EDUCA |
46,5 |
37.600,00 € |
30.000,00 € |
30.000,00 € |
207/ 2024 |
FUNDACIÓN PARA LA COOPERA-CIÓN INTERNA-CIONAL DR MANUEL MADRAZO |
****91*** |
Fortalecimiento de capacidades para mejorar la seguridad alimentaria mediante la promoción de la crianza de ganado ovino en comunidades de la microcuenca Cuchira, Torotoro, Bolivia. |
Centro de Desarrollo Comunal y Municipal (CEDESCO) |
46 |
40.989,26 € |
29.958,77 € |
29.958,77 € |
SUMA |
89.892,92€ |
89.892,92 € |
Segundo.2.- No es posible conceder ayuda a Caritas Diocesana de Sigüenza-Guadalajara para el Proyecto “Apoyo a la mejora del acceso al derecho a la alimentación, y las condiciones de vida de los habitantes de Bocbanique, Saltadêre y Los Cacaos (Diócesis de Hinche), Haití.”, con expediente nº 266/2024, al no superar éste la puntuación mínima exigida en la fase de evaluación (45 puntos) de conformidad con lo establecido en la base decimoquinta del procedimiento de concesión de subvenciones.
Segundo.3.- Desestimar la solicitud presentada por la Fundación Solidaridad del Henares, Proyecto Hombre, con expediente nº 267/2024, dado que el proyecto responde en su materialización a la financiación de los gastos anuales relativos al funcionamiento de su centro en Nicaragua, el cual, es uno de los supuestos de exclusión de las ayudas, recogidos en la base tercera de la convocatoria.
Segundo.4.-. Incumple el requisito establecido en la base octava, apartado C) Gastos Indirectos de la Convocatoria, la solicitud presentada por la entidad Solidaridad, Educación y Desarrollo, con expediente nº 269/2024 , al constatarse en su presupuesto, que se imputa a la subvención en concepto de gastos indirectos una cuantía superior a 2.321,92 €, cantidad correspondiente al 8,00% de la subvención solicitada, contraviniendo, por tanto, lo establecido tanto en la referida base como en el Anexo VIII, apartado c).
Tercero: Dar traslado de este acuerdo mediante su publicación en el B.O.P. de la Provincia de Guadalajara, en cumplimiento de lo establecido en la base decimoséptima de la convocatoria, apartado b) con la redacción dada según acuerdo de la Junta de Gobierno del 21 de mayo de 2024.
Cuarto: Esta resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con lo establecido por el artículo 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo contencioso administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos”.
En Guadalajara, a 27 de junio de 2024, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez