AYUNTAMIENTO DE PINILLA DE MOLINA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 2/2023 mediante crédito extraordinario financiado con el RTGG, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: ,
Altas en aplicaciones de gastos
| Aplicación | Descripción | Créditos | Crédito  | Créditos | |
| Progr. | Económica | ||||
| 920 | 226 | Gastos diversos | 0 euros | 15.788,72 euros | 15.788,72 | 
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 | TOTAL | 
 | 15.788,72 euros | 15.788,72 | 
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería en los siguientes términos:
| Aplicación: económica | Descripción | Presupuestado | ||
| Cap. | Art. | Conc. | ||
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 | 870 | Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales. | 15.788,72 | 
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 | TOTAL INGRESOS | 15.788,72 | 
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de CLM con sede en Albalcete en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Pinilla de Molina a 27 de Diciembre de 2023. La Alcaldesa.Fdo:María Jesús Madrid Madrid.





