AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
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Expediente n.º: 1698/2022
Procedimiento: Convocatoria y Proceso de Selección por CONCURSO de la plaza de LABORAL de AUXILIAR ADMINISTRATIVO en ejecución de los procesos de estabilización de empleo temporal conforme la Ley 20/2021
Por Resolución del Sr. Alcalde de Fontanar, de fecha 11 de julio de 2023, se ha dictado lo siguiente:
“A la vista de los siguientes antecedentes:
I.- Mediante Resolución del Sr. Alcalde de Fontanar de fecha 27 de diciembre de 2022 se aprobaron las bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo correspondiente a la Oferta de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, siendo publicada en el Boletín de la Provincia de Guadalajara de 29 de diciembre de 2022.
Con fecha 09 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el anuncio de dicha convocatoria.
Con fecha 13 de enero de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la referida convocatoria, iniciándose a partir del día siguiente el plazo para la presentación de solicitudes para tomar parte en dicho proceso selectivo.
II.- Con fecha 31 de marzo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el listado provisional de admitidos y excluidos en el referido proceso selectivo.
Con fecha 26 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el listado definitivo de admitidos y excluidos en el referido proceso selectivo, designándose el Tribunal Calificador.
III.- Con fecha 19 de junio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara la baremación provisional del proceso selectivo.
IV.- Con fecha 10 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el resultado definitivo del proceso selectivo de dos plazas de Auxiliar Administrativo con la propuesta de contratación de los aspirantes lo han superado, don Manuel Benito Gregorio con DNI ***9288** y doña Nuria Esther Domarco Carrasco con DNI ***1602**.
V.- Con fecha 10 de julio de 2023 se acordó requerir a los aspirantes que han superado el proceso selectivo la presentación de la documentación prevista en los apartados a), b), c), d), e) y f) de la Base Octava de la Convocatoria, habiendo sido aportada y por tanto acreditadas las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
En virtud de lo previsto en la Base Octava de la Convocatoria del proceso se selección para la cobertura de dos plazas de Auxiliar Administrativo (L2 y LS2) en el marco del proceso de estabilización de Empleo Temporal, procede que por la Alcaldía como órgano competente se proceda a autorizar y formalizar la contratación de don Manuel Benito Gregorio con DNI ***9288** y doña Nuria Esther Domarco Carrasco con DNI ***1602** como personal laboral fijo, ocupando las respectivas plazas indicadas, categoría profesional Equivalente al grupo C, subgrupo C2, al amparo del artículo 11 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley /1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y el artículo 33.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aplicación supletoria e virtud de su artículo 1.3.
ACUERDO
PRIMERO. Acordar la contratación como personal laboral fijo a jornada completa de don Manuel Benito Gregorio con DNI ***9288** y doña Nuria Esther Domarco Carrasco con DNI ***1602** por haber superado el procedimiento selectivo para la provisión de dos plazas de Auxiliar Administrativo (L2 y LS2), categoría profesional Equivalente al grupo C, subgrupo C2, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
SEGUNDO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
TERCERO. Disponer la cantidad a la que ascienda la retribución.
CUARTO. Que, por Secretaría, se notifique el presente acuerdo a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, haciéndole saber que contra la presente Resolución, cabe interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
QUINTO. Convocar a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para formalizar los respectivos contratos de trabajo como personal laboral fijo, informándoseles de la necesidad del tratamiento de sus datos personales.
SEXTO. Comunicar la presente al Registro de Personal, así como a la oficina pública de empleo que corresponda en el plazo de diez días desde que se formalice la contratación.
SÉPTIMO. Dar cuenta al pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.”
Lo que le hace público, haciéndose saber que contra la presente Resolución, cabe interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
En Fontanar a 11 de julio de 2023, el Alcalde de Fontanar, D. Víctor San Vidal Martínez.