AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
2104
BDNS 353516
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRESAS DE GUADALAJARA PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO LOCAL MEDIANTE LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS PRIORITARIAMENTE EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA SOCIAL EN 2017.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas de carácter privado, que formalicen contratos con trabajadores desempleados. Las empresas susceptibles de obtener estas subvenciones deberán tener domicilio fiscal o centro de trabajo en Guadalajara o desarrollar actividad económica en Guadalajara.
Segundo. Objeto:
Regular la concesión de subvenciones para el fomento del empleo local mediante la contratación laboral de trabajadores desempleados prioritariamente en situación de emergencia social en 2017
Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016.
Cuarto. Cuantía:
La cuantía de la subvención podrá ser de:
- 1.500 euros por contratos temporales a jornada completa de cuatro meses de duración, si la empresa solicitante se ha beneficiado en los dos últimos años de una subvención municipal por el mismo concepto y no ha aumentado su plantilla de trabajadores en el mismo plazo.
- 3.000 euros por contratos temporales a jornada completa de cuatro meses de duración, en los casos de empresas que concurran por primera vez o que habiéndose beneficiado de una subvención municipal en los dos últimos años, han aumentado su plantilla en el mismo plazo.
- 5.000 euros si la contratación tiene carácter indefinido.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Los interesados podrán solicitar las subvenciones desde el día siguiente a su publicación en el BOP de Guadalajara, hasta el 31 de octubre de 2017, inclusive.
Guadalajara, 26 de junio de 2017. El Alcalde Presidente. D. Antonio Román Jasanada.