AYUNTAMIENTO DE MAZUECOS
401
ANUNCIO
Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario Provisional del Ayuntamiento de Mazuecos, adoptado en fecha 2 de diciembre de 2016 sobre modificación de la Ordenanza Reguladora de la participación de usuarios en el Servicio de Asistencia a Domicilio , cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del Artículo 17.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP ,permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 19 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En Mazuecos, a 26 de enero de 2017.Fdo: Roberto García García. Alcalde–Presidente
ANEXO
Se modifican el art. 2 y el art. 15 que quedan como sigue :
“ARTÍCULO 2. PRECIO DE LOS SERVICIOS.
- El coste /hora del servicio de Ayuda a Domicilio es de 11,00 euros /hora .
ARTÍCULO 15 . BONIFICACIONES .-
BONIFICACIONES :
La cuota mensual correspondiente a los usuarios a los que no sea de aplicación la aportación mínima resultante de la fórmula de cálculo , será el resultado de multiplicar el número de horas mensuales que recibe por 1,5 euros . “
En Mazuecos, a 26 de enero de 2017. Fdo: Roberto García García, Alcalde–Presidente