Ayuntamiento de Almonacid de Zorita
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza reguladora de la ludoteca, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA LUDOTECA DE ALMONACID DE ZORITA
Artículo 1.
La ludoteca de Almonacid de Zorita es un servicio público que desarrolla su actividad en el área educativo-formativa y está dirigido a niños de edades comprendidas entre los 3 y 12 años. No obstante, cuando coincidan los horarios de apertura de los servicios públicos de ludoteca y centro de atención infantil, y visto que el servicio de centro de atención infantil se dirige a niños de entre 0 y 6 años de edad, el servicio de ludoteca solo podrá prestarse a niños de edades comprendidas entre los 4 y 12 años, así como a los niños de 3 años a los que les corresponda iniciar el primer curso de educación infantil en el ejercicio de que se trate.”
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Almonacid de Zorita a 17 de junio de 2014.– El Alcalde, Rafael Higuera Fernández.