Ayuntamiento de Humanes
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ANUNCIO – APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL 2012 POR TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Humanes, adoptado en fecha 26 de julio de 2012, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distintas áreas de gastos (que no afectan a bajas y altas de créditos de personal), de acuerdo con el siguiente detalle:
Altas en Aplicaciones de Gastos |
|||
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
440 |
466 |
PLAN ASTRA |
+1.000,00 € |
TOTAL GASTOS |
+1.000,00 € |
TOTAL GASTOS
Baja en aplicaciones de gastos |
|||
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
241 |
131 |
APORTACION MUNICIPAL PROGRAMAS FOMENTO EMPLEO |
- 1.000,00 € |
TOTAL GASTOS |
- 1.000,00 € |
TOTAL GASTOS
La anterior modificación se hace público resumido por capítulos:
Estado de Gastos |
|||
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN ANTERIOR |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
I |
GASTOS DE PERSONAL |
444.500,00 € |
443.500,00 € |
IV |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
291.802,00 € |
292.802,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Humanes a 17 de octubre de 2012.– El Alcalde, Sergio Sánchez Santamaría.