Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
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ANUNCIO
Vista la propuesta de actuaciones que realiza el Consejo de Empadronamiento para iniciar los correspondientes expedientes de baja de oficio según el procedimiento previsto en el epígrafe c2) del apartado Gestión de las Bajas de la Resolución de 1 de abril de 1997, en relación con el articulo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, y en virtud de los acuerdos del Consejo de Empadronamiento de 27 de junio de 2008, para la comprobación periódica de la residencia de los extranjeros que no están obligados a renovar su inscripción padronal (Ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el acuerdo sobre el espacio económico Europeo, de otros Estados distintos a los anteriores con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o con Autorización de Residencia Permanente), y una vez tramitado el procedimiento establecido al efecto, y de acuerdo con el artículo 59.5 de la LRJ y PAC, habiéndose intentado la notificación a los siguientes extranjeros y no habiéndose podido practicarse, o no habiéndose personado los mismos en las dependencias municipales,
Visto el artículo 62.1. del mismo Reglamento, donde se establece que los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus padrones de modo que los datos contenidos en éstos concuerden con la realidad.
HE RESUELTO:
1.- Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes, de los siguientes interesados:
CLIO SARAH ALLAIN
DAN SORIN ISPAS
IONUT BELU
MIRCEA EUGEN SERBAN
IOAN DOREL POP
HUGH BERNARD KINSELLA
ALINA KINSELLA
IOANA HOJDA
CONSTANTIN CRISTIAN ISVERNARI
CIPRIAN MIHAI AMBRUS
DUMITRU MARCUTA
VASILE PETRICA MOCANU
UESLEI MEIRELES STROPA
ANA MARIA GHENCEA
GHEORGHE HARB
2.- Proceder a notificar la presente resolución a los interesados con los apercibimientos legales oportunos mediante la inserción de anuncio en el BOP de Guadalajara y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, el de su último domicilio conocido.
3.- Notificar la presente Resolución, al Consejo de Empadronamiento para que proceda a la autorización de la baja por inclusión indebida de los interesados.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Cabanillas del Campo a dieciocho de octubre de 2012.– El Alcalde, Jaime Celada López.