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CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA.
Por Decreto de la Presidencia del CEIS Guadalajara número 166, de 29 de octubre de 2012, se aprueban las bases para la provisión de 5 plazas de Cabo-Jefe de Dotación, anunciándose la convocatoria a la que se hace referencia que se regirá por las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA, DE CINCO PLAZAS DE CABO-JEFE DE DOTACIÓN DEL CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA.
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la provisión por promoción interna en propiedad de cinco plazas de Cabo-Jefe de Dotación, vacantes en la plantilla del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara (en adelante CEIS Guadalajara), que se incluyen en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio del año 2008, aprobada por Resolución de Presidencia de fecha 21 de enero de 2008, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 22, de fecha 20 de febrero, y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 46, de fecha 29 de febrero, cuyas características son:
- Denominación: CABO-JEFE DE DOTACIÓN.
- Número: 5
- Grupo: C2 (art. 76, de la Ley 7/2007)
- Escala: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.
- Subescala: SERVICIOS ESPECIALES.
- Clase: EXTINCIÓN DE INCENDIOS.
- Sistema de acceso: CONCURSO-OPOSICIÓN por promoción interna.
SEGUNDA. Condiciones de Admisión de los Aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Ser funcionario de carrera del CEIS Guadalajara, perteneciendo a la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales y Grupo de Clasificación “C2”, del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener una antigüedad de al menos dos años en la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Extinción de Incendios y Grupo de Clasificación “C2” o equivalente según nomenclatura anterior, el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, según lo dispuesto en el artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TERCERA. Forma y plazo de presentación de instancias.
Los documentos a presentar son los siguientes:
- Anexo I. Solicitud de participación en las pruebas de acceso de esta convocatoria, en la que constará que se reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte.
- Anexo II. Méritos alegados por el candidato y valorables para la plaza que se opte según lo expresado en las presentes bases generales en relación con la fase de concurso. Se deberá presentar adjunto documento original o fotocopia compulsada ante funcionario habilitado para ello.
La documentación solicitada se presentará en el Registro de Entrada de este Consorcio en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
CUARTA. Admisión de los Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de CEIS Guadalajara dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.
La Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y contendrá:
- Fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio.
- Miembros que compondrán el Tribunal calificador.
- Relación nominal de aspirantes admitidos y excluidos con su correspondiente DNI.
- Indicación de las causas y plazos de subsanación de los defectos en los términos del artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Presidencia de CEIS Guadalajara dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
QUINTA. Tribunal Calificador.
La composición del Tribunal calificador será la siguiente:
- Presidente: El Administrador de CEIS Guadalajara o funcionario en quien delegue.
- Secretaria: La de CEIS Guadalajara o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.
- Cuatro vocales:
- El Oficial-Jefe de Servicio de CEIS Guadalajara o funcionario en quien delegue.
- Un representante designado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Un funcionario designado por la Presidencia del CEIS.
- Un funcionario de carrera propuesto por la Junta de Personal del CEIS, que no será representante de ésta sino que actuará a título individual.
Todos ellos con sus correspondientes suplentes.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y de la Secretaria titulares o suplentes indistintamente.
Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
La Presidencia podrá nombrar asesores a expertos en cualquiera de las materias objeto de la convocatoria. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal y tendrán voz pero no voto. Asimismo, el Presidente podrá nombrar al personal colaborador necesario para el desarrollo de la oposición.
Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal, asesores y colaboradores que actúen en estas pruebas tendrán la categoría tercera de las recogidas en el capítulo V, artículo 30, c) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
La selección de los aspirantes constará de tres fases:
- Fase de Concurso.
- Fase de Oposición.
- Fase de Curso Selectivo.
La suma de las puntuaciones parciales que se hayan obtenido en cada parte o ejercicio puntuable en que se pueda dividir una fase, dará como resultado la puntuación total para esa fase.
FASE DE CONCURSO
El Tribunal valorará exclusivamente los méritos presentados en documentos debidamente acreditados por los aspirantes. Dichos documentos deberán tener fecha anterior al día en el que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación.
En esta fase de concurso se valorarán los méritos relacionados con la carrera en dos partes; antigüedad y desempeño del puesto de trabajo por un lado, y los cursos de formación y perfeccionamiento por otro.
La fase de concurso se valorará con un máximo de 3,5 puntos totales, distribuidos de la siguiente manera:
A) Antigüedad y desempeño del puesto de trabajo.
Se valorarán los servicios prestados de la siguiente manera:
- Se dará 0,01 puntos parciales por cada mes íntegro o fracción continuada superior a quince días desempeñando el puesto de Bombero-Conductor-Mecánico del CEIS Guadalajara, o equivalente del ámbito de bomberos en otras Administraciones Públicas (Bombero o Bombero-Conductor), contabilizados a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Por este concepto se podrá obtener hasta un máximo de 1,2 puntos parciales.
- Se darán 0,03 puntos parciales por cada mes íntegro o fracción continuada superior a quince días desempeñando el puesto de Cabo-Jefe de Dotación, Sargento-Jefe de Parque, Suboficial del CEIS Guadalajara, o equivalentes del ámbito de bomberos en otras Administraciones Públicas, contabilizados a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Por este concepto se podrá obtener hasta un máximo de 3,6 puntos parciales.
Cada aspirante podrá obtener entre 0 y 1,5 puntos totales promediado en función de la puntuación parcial aquí obtenida y considerando que al aspirante que obtenga aquí la máxima puntuación parcial le corresponderán 1,5 puntos totales.
Al efecto de realizar el cálculo de puntuación por antigüedad y desempeño del puesto de trabajo, se computará el tiempo realizado como funcionario de carrera e interino, no así el tiempo realizado como funcionario en prácticas.
B) Cursos de Formación y Perfeccionamiento.
Por cursos de formación y perfeccionamiento podrá alcanzarse hasta un máximo de 1,5 puntos totales, distribuidos de la forma siguiente:
1.- Debido a la especial trascendencia que tiene la práctica, continuidad y actualización de conocimientos, técnicas y habilidades para las funciones desarrolladas, se valorará la continuidad de la formación, de forma que corresponderán 1,6 puntos parciales por cada 8 horas cumplimentadas en cursos de formación y perfeccionamiento impartidos durante los tres años anteriores al de la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Por este concepto se podrá obtener entre 0 y 1 puntos totales promediado en función de la puntuación parcial aquí obtenida y considerando que al aspirante que obtenga aquí la máxima puntuación parcial le corresponderá 1 punto total.
2.- Para valorar también la formación acumulada, se contabilizará hasta un máximo de 0,5 puntos totales por la realización de otros cursos de formación y perfeccionamiento, de forma que correspondan:
a) 1 punto parcial por cada curso de 10 a 20 horas lectivas, ambos inclusive.
b) 1,5 puntos parciales por cada curso de más de 20 y hasta 50 horas lectivas inclusive.
c) 2 puntos parciales por cada curso de más de 50 horas lectivas.
Por este concepto se podrá obtener entre 0 y 0,5 puntos totales promediado en función de la puntuación parcial aquí obtenida y considerando que al aspirante que obtenga aquí la máxima puntuación parcial le corresponderán 0,5 puntos totales.
La puntuación total de este apartado será el resultado de sumar las puntuaciones totales de los apartados B)1 y B)2.
A efectos del cómputo de este punto B), sólo se considerarán los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos cuyo contenido verse sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo del ámbito de bomberos que hayan sido impartidos u homologados por el INAP, la Diputación Provincial de Guadalajara, la FEMP, la formación continua de los sindicatos y otras Administraciones Públicas en las que se haya expedido diploma o certificación de aprovechamiento y siempre que se hayan desarrollado con anterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, exceptuándose la formación corporativa del CEIS, los cursos selectivos, los realizados durante la situación de funcionario en prácticas, y todos aquellos que fueran de carácter básico, entendiendo como tales aquellos cuyo contenido sea el inicial necesario para el desempeño de sus funciones profesionales no especializadas.
C) Estudios y experiencia profesional
Por estudios y experiencia profesional podrá alcanzarse hasta un máximo de 0,5 puntos totales, distribuidos de la forma siguiente:
1.- Por titulaciones académicas oficiales.
Corresponderán las siguientes puntuaciones por cualquier titulación académica oficial de superior nivel al exigido para la presente convocatoria, de forma que:
a) Se asignarán 10 puntos parciales por bachillerato, FP II o equivalente.
b) Se asignarán 15 puntos parciales por cada diplomatura univerisitaria o equivalente.
c) Se asignarán 20 puntos parciales por cada licenciatura univerisitaria o equivalente.
d) Se asignarán 25 puntos parciales por cada postgrado univerisitario o equivalente.
2.- Se valorará la actividad profesional, pública o privada, que no hubiera sido valorada en el apartado A) de la presente fase de concurso, por años completos trabajados, de forma que correspondan 5 puntos parciales por cada año justificado. En ningún caso se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Las puntuaciones parciales de los apartados C)1 y C)2 se sumarán y serán promediadas considerando que al aspirante que obtenga aquí la máxima puntuación parcial le corresponderán 0,5 puntos totales.
Acreditación de méritos
Los méritos relativos al apartado A) se acreditarán mediante certificación del Servicio de Administración del CEIS Guadalajara en base al expediente de los interesados.
Todos los méritos relativos al apartado B), se acreditarán mediante fotocopia compulsada de aprovechamiento de los cursos correspondientes, especificados a su vez en el modelo de méritos del Anexo II.
Para los méritos relativos al apartado C)2 se exigirá el documento oficial de la vida laboral del trabajador, actualizada, que sólo se tomará en consideración, si se presenta dentro del plazo fijado de presentación de instancias de cada convocatoria. Sin perjuicio de lo anterior, para la actividad profesional que hubiera podido realizarse en el ejército, se requerirá documento oficial o certificado que acredite tal extremo.
Si existiere discrepancia entre los datos completados por los aspirantes y los que contenga la certificación se dará traslado de la misma a los interesados.
Las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes en esta fase de concurso se harán públicas en el Tablón de anuncios de CEIS Guadalajara y/o en la web corporativa www.ceisguadalajara.es, con anterioridad o simultáneamente a la publicación de las calificaciones del primer ejercicio.
FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición consistirá en los siguientes cinco ejercicios obligatorios y eliminatorios:
- Primer ejercicio: prueba de aptitud física.
- Segundo ejercicio: examen teórico tipo test.
- Tercer ejercicio: prueba práctica oral/escrita.
- Cuarto ejercicio: prueba práctica de destreza y aptitud.
- Quinto ejercicio: prueba de aptitud de informática básica.
La realización de estos cinco ejercicios y de las pruebas que los componen seguirá el orden indicado, salvo que el Tribunal determine modificaciones, debidamente justificadas, por razones meteorológicas o de cualquier otra índole que condicionen el uso de las instalaciones.
La fase de oposición se valorará con un máximo de 6,5 puntos totales, distribuidos de la siguiente manera:
PRIMER EJERCICIO: PRUEBA DE APTITUD FÍSICA
Consistirá en la superación de las pruebas físicas que se detallan a continuación, quedando descalificados automáticamente los aspirantes que no alcancen la marca mínima fijada en cada una de las pruebas para poder pasar a la siguiente. En el desarrollo de las mismas se podrá realizar el pertinente control anti-doping, si así lo decide el Tribunal.
La edad de los participantes a tener en cuenta en la realización de las pruebas de aptitud física será la del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.
Calificación del ejercicio: Apto o No Apto.
1.- Carrera de tres mil metros:
Finalidad: Resistencia muscular.
Descripción: Recorrer la distancia de tres mil metros en pista por calle libre en el tiempo máximo indicado en la relación siguiente según determine el grupo de edad al que pertenezca el participante:
- Menores de 30 años: 12’ 51” 00 centésimas
- 30 años cumplidos y menores de 40 años: 13’ 21” 00 centésimas
- 40 años cumplidos y menores de 50 años: 14’ 24” 00 centésimas
- 50 años cumplidos: 15’ 00” 00 centésimas
Invalidaciones y descalificaciones: De acuerdo con el Reglamento de la Federación de Atletismo Castellano Manchega.
Intentos: Un solo intento.
2.- Press de banca:
Finalidad: Medir potencia de los músculos pectorales.
Descripción: Sobre un banco de pectoral y partiendo con brazos en extensión y agarre digitopalmar un poco más abierto de la anchura de los hombros sobre la barra, realizar flexión y extensión total de brazos sobre una resistencia de cuarenta kilogramos (40 kg), durante treinta segundos (30” 00 centésimas), realizando como mínimo las repeticiones que correspondan según el grupo de edad al que pertenece el aspirante:
- Menores de 35 años: 22 repeticiones
- 35 años cumplidos y menores de 40 años: 21 repeticiones
- 40 años cumplidos y menores de 45 años: 20 repeticiones
- 45 años cumplidos y menores de 50 años: 19 repeticiones
- 50 años cumplidos y menores de 55 años: 18 repeticiones
- 55 años cumplidos: 17 repeticiones
El ejercicio se realizará con los brazos descubiertos. Los jueces de la prueba irán indicando al opositor las repeticiones no contabilizadas como válidas durante el transcurso del ejercicio.
Invalidaciones y descalificaciones: Parar el ejercicio en flexión de codo.
Intentos: Un solo intento.
3.- Dominadas en elemento horizontal:
Finalidad: Medir la potencia de los músculos dorsales.
Descripción: Suspendido en elemento fijo horizontal, realizar flexiones de brazos, con éstos descubiertos, hasta sobrepasar la altura del borde horizontal superior del elemento fijo con la barbilla y bajar nuevamente hasta la extensión total de brazos y hombros, sin límite de tiempo y sin descolgar ningún brazo del elemento. Se deberán realizar, como mínimo, las repeticiones que correspondan según el grupo de edad al que pertenece el aspirante:
- Menores de 35 años: 12 repeticiones
- 35 años cumplidos y menores de 40 años: 10 repeticiones
- 40 años cumplidos y menores de 45 años: 8 repeticiones
- 45 años cumplidos y menores de 50 años: 7 repeticiones
- 50 años cumplidos y menores de 55 años: 6 repeticiones
- 55 años cumplidos: 5 repeticiones
El ejercicio se realizará colocando en agarre digitopalmar hacia el frente, la anchura de las manos igual a la anchura de los hombros, y permitiendo para aquellos que hubieran cumplido los 45 años realicen un agarre libre hacia el plano anterior o posterior.
Las repeticiones estarán reguladas por un pitido que se repetirá cada 3 segundos aproximadamente, no contabilizándose las repeticiones que se adelanten al comienzo del pitido. Podrán dejarse pasar cuantos pitidos se consideren necesarios. Los jueces de la prueba irán indicando al opositor las repeticiones no contabilizadas como válidas durante el transcurso del ejercicio.
Intentos: Un solo intento.
4.- Trepa de cuerda lisa:
Finalidad: Medir la potencia del tren superior.
Descripción: Trepar por una cuerda lisa de 6 metros, partiendo desde la posición de de pie, hasta superar con la mano la marca que corresponda según el grupo de edad al que pertenece el aspirante:
- Menores de 40 años: marca a 6 metros del suelo
- 40 años cumplidos y menores de 45 años: marca a 5,5 metros del suelo
- 45 años cumplidos y menores de 50 años: marca a 5 metros del suelo
- 50 años cumplidos y menores de 55 años: marca a 4,5 metros del suelo
- 55 años cumplidos: marca a 4 metros del suelo.
El tiempo máximo de ejecución será de 14 segundos a partir de la indicación establecida por el monitor de la prueba.
Invalidaciones y descalificaciones: Cuando el ejecutante no alcance la altura marcada, cuando se ayude con presa de pies, cuando se toque el elemento indicado con otra parte del cuerpo distinta a la establecida o cuando se ayude con los pies al iniciar la trepa desde la posición de de pie.
Intentos: Un solo intento.
5.- Natación (prueba combinada):
Finalidad: Comprobar el nivel y dominio del medio acuático.
Descripción: El ejecutante se situará sobre el borde de la piscina, fuera del agua y en posición de parada. Al sonido o voz de salida establecido por los jueces de la prueba se lanzará al agua y sin apoyarse en el suelo, tocar la pared lateral o corchera, recorrerá a nado libre una distancia de 45 metros aproximados, recogerá buceando una anilla o similar que se encontrará en el fondo a unos 5 metros de la orilla y la depositará en dicha orilla antes de completar otros 50 metros de nado libre sin apoyarse en el suelo, tocar la pared lateral o corchera.
El aspirante deberá completar la prueba en el tiempo máximo que corresponda según el grupo de edad al que pertenece:
- Menores de 35 años: 02’ 05” 00 centésimas
- 35 años cumplidos y menores de 40 años: 02’ 10” 00 centésimas
- 40 años cumplidos y menores de 45 años: 02’ 15” 00 centésimas
- 45 años cumplidos y menores de 50 años: 02’ 25” 00 centésimas
- 50 años cumplidos y menores de 55 años: 02’ 35” 00 centésimas
- 55 años cumplidos: 02’ 45” 00 centésimas
Invalidaciones y descalificaciones: De acuerdo con el Reglamento de la Federación Española de Natación.
Intentos: Un solo intento.
B) SEGUNDO EJERCICIO: EXAMEN TEÓRICO TIPO TEST
De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas (más 5 de reserva que también tendrán que ser contestadas) sobre el temario especificado en el Anexo III, durante un tiempo máximo de 60 minutos. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán tres repuestas posibles, siendo sólo una de ellas correcta.
En este ejercicio las contestaciones válidas se calificarán a razón de 1 punto parcial por respuesta acertada, valorándose negativamente las respuestas erróneas a razón de -0,33 puntos parciales y no contabilizando las respuestas en blanco.
Este ejercicio se valorará entre 0 y 3,25 puntos totales, promediados en función de la puntuación parcial aquí obtenida y quedando automáticamente eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación total de 1,625 puntos totales en el mismo.
C) TERCER EJERCICIO: PRUEBA PRÁCTICA ORAL/ESCRITA
Consistirá en la resolución por escrito de un caso práctico, durante un tiempo máximo de 30 minutos, que tenga una relación directa con el contenido de los temas especificados en el Anexo III, con objeto de poner de manifiesto el conocimiento de las citadas materias en relación con las funciones del Cabo-Jefe de Dotación.
El ejercicio escrito deberá exponerse en público por el opositor, permitiendo que el Tribunal realice las preguntas que considere convenientes sobre el mismo.
Este ejercicio se valorará entre 0 y 3,25 puntos totales, promediados en función de la puntuación parcial aquí obtenida y quedando automáticamente eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación total de 1,625 puntos totales en el mismo.
D) CUARTO EJERCICIO: PRUEBA PRÁCTICA DE DESTREZA Y APTITUD
Este ejercicio consistirá en superar una o varias pruebas prácticas específicas de destreza y aptitud relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo, propuestas por el Tribunal Calificador inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.
Calificación del ejercicio: Apto o No Apto.
E) QUINTO EJERCICIO: PRUEBA DE APTITUD DE INFORMÁTICA BÁSICA
Se realizará una prueba práctica de aptitud basada en el manejo básico de los elementos informáticos y herramientas ofimáticas más comunes en el ámbito de nuestro Servicio. La duración de esta prueba no excederá los 20 minutos.
Calificación del ejercicio: Apto o No Apto.
FASE DE CURSO SELECTIVO
Los aspirantes que habiendo superado la fase de Oposición, puedan acceder a ocupar alguna de las plazas convocadas por encontrarse su puntuación final acumulada en las fases de concurso y oposición en la cabeza de lista, deberán realizar un curso selectivo de aproximadamente 2 semanas de duración cuya calificación vendrá determinada por informe de la Dirección del centro o centros que impartan el curso y será de apto, siempre que así se certifique en todos los informes del curso, o no apto, en caso contrario.
El Curso selectivo se ajustará a lo que, en su caso, determine la Presidencia del CEIS Guadalajara.
SÉPTIMA. Comienzo y desarrollo de las pruebas:
Comienzo: La fecha, hora y lugar de la celebración del primer ejercicio se dará a conocer junto con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara de la lista de admitidos y excluidos a que se refiere la base cuarta de la Convocatoria o, en su defecto, con la lista de admitidos definitiva.
En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar la fecha, hora o lugar de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse la citada modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Llamamiento y exclusión: Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan en el momento de ser llamados, salvo causas de fuerza mayor, invocadas con anterioridad y debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Tribunal.
Orden de actuación: El orden en que habrán de actuar los aspirantes en la prueba de oposición, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience por la letra O, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas, de 29 de febrero de 2012 (BOE n.º 61, de 12 de marzo), en base a lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Acreditación de personalidad: El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
Anuncios sucesivos: Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de anuncios del CEIS Guadalajara, sito en el Complejo Príncipe Felipe, Colegio de San José, calle Atienza n.º 4, de Guadalajara, con al menos doce horas de antelación al comienzo de los mismos. Respetando el intervalo de dicho plazo para cada ejercicio, el Tribunal podrá anunciar conjuntamente varias pruebas en un solo anuncio.
OCTAVA. Calificación final del procedimiento de selección.
La publicación de la lista de aprobados de cada uno de los ejercicios o fases se efectuará en el Tablón de Anuncios del CEIS Guadalajara, sito en el Colegio San José de Guadalajara.
Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá dar cuenta al Presidente del Tribunal calificador de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas, así como proponer su exclusión.
La calificación final del proceso selectivo, se determinará de la siguiente forma:
- La puntuación definitiva de cada aspirante estará determinada por la suma de las puntuaciones totales obtenidas en cada una de las partes o ejercicios puntuables de las fases que lo componen.
- Desempates: En caso de existir empate entre dos o más aspirantes, se resolverá favorablemente conforme a los siguientes criterios ordenados:
- Mayor calificación obtenida en el ejercicio global de la Fase de Oposición.
- Mayor calificación obtenida en el apartado A) de la Fase de Concurso.
- Mayor calificación obtenida en el apartado B) de la Fase de Concurso.
- Mayor edad de los aspirantes empatados.
- Anonimato: El Tribunal deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que las pruebas, en aquellos casos en que sea posible, sean calificadas sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
NOVENA. Relación de Aprobados, Presentación de documentos y Nombramiento.
Concluida la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por el orden de puntuación alcanzada, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Al mismo tiempo elevará dicha relación a la Presidencia del CEIS Guadalajara para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionario.
Los aspirantes presentarán en la Secretaría del Consorcio, dentro del plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en el proceso selectivo se exigen en esta convocatoria según la base segunda.
Exenciones: Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias constan en su hoja de servicios.
Falta de documentación: Si dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, los aspirantes propuestos para su nombramiento como funcionarios, no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición.
Nombramiento: Los aspirantes que dentro del plazo establecido presenten los documentos acreditativos exigidos en la base segunda, serán nombrados funcionarios, publicándose la relación en el Tablón de Anuncios del Consorcio y deberán tomar posesión del cargo en el plazo que se indique en dicha relación. Los interesados que no tomen posesión en el plazo señalado, quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.
Publicación lista aspirantes aprobados: La lista de aspirantes aprobados será publicada, mediante Resolución de la Presidencia, en el Boletín Oficial de la Provincia y contendrá la relación de aspirantes, con expresión del nombre y apellidos de los mismos, su DNI y la calificación definitiva obtenida en las pruebas selectivas.
Bolsa de trabajo: Se formará una bolsa de trabajo con todos aquellos aspirantes que aprueben todas las pruebas eliminatorias, ponderando su situación en la bolsa en función de los resultados obtenidos en dichas pruebas. La integración en la bolsa de trabajo no da derecho a nombramiento alguno, salvo que por razones de necesidad o urgencia en CEIS Guadalajara, se proponga el nombramiento como funcionarios interinos para cubrir vacantes de Cabo-Jefe de Dotación, que no estén desempeñados efectivamente por sus titulares o con motivo de renuncias, falta de requisitos establecidos u otras circunstancias y requieran la provisión temporal de dichas plazas. Dicha bolsa de trabajo se publicará en el tablón de anuncios del CEIS Guadalajara y tendrá vigencia hasta que se realice un nuevo proceso de selección.
DÉCIMA. Prioridad para la adjudicación de puestos.
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado por la puntuación total obtenida, y los desempates que pudieran haberse efectuado, según el baremo establecido en la base octava, no pudiendo elegir los aspirantes más de un puesto vacante.
El personal que obtenga destino a través de este concurso específico no podrá participar en concursos de traslados que convoque el Consorcio hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1 f) de la Ley 30/1984, modificado por la Ley 23/1988, de 28 de julio.
El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que la renuncia se realice antes de finalizar el plazo de toma de posesión, o salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito al CEIS Guadalajara.
DÉCIMO PRIMERA. Requisitos.
- Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
- El certificado de méritos recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido por la Secretaria del CEIS Guadalajara con el visto bueno de la Presidencia del mismo.
- Los aspirantes que procedan de la situación de suspenso, acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de su período de suspensión.
- Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
DÉCIMO SEGUNDA. Resolución de la convocatoria y toma de posesión.
La presente convocatoria se resolverá por Decreto de la Presidencia en un plazo máximo de un año desde el día siguiente a su resolución y se publicará en el Tablón de anuncios del CEIS Guadalajara, notificándose al concursante propuesto. Dicha resolución deberá expresar necesariamente, como mínimo:
Denominación del puesto obtenido.
Grupo de clasificación (artículo 76 de la Ley 7/2007) del puesto obtenido.
Localidad de destino del puesto obtenido.
La resolución del concurso específico se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión se contará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso específico en el tablón de anuncios del CEIS Guadalajara, así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, haya sido concedido al interesado. Todo funcionario que haya cursado solicitud para el presente concurso específico está obligado a dar traslado por escrito de dichos permisos o licencias al órgano al que hace referencia la base séptima de esta convocatoria. En este caso el órgano convocante puede acordar la suspensión del disfrute de los mismos.
DÉCIMO TERCERA. Aclaraciones y Documentación adicional.
En cualquier momento del proceso podrán recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
DÉCIMO CUARTA. Impugnaciones.
La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
DÉCIMO QUINTA. Incidencias.
Orden: El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo previsto y lo no previsto en estas bases, así como de modificar el baremo de corte establecido para cada uno de los ejercicios de que consta la fase de oposición.
Impugnaciones: La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO III.- TEMARIO
1. Reglamento del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara.
2. Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha aprobado por Orden de 23/04/2010, de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia.
3. Funciones del personal del CEIS en la relación de puestos de trabajo vigente. Peculiaridades de las funciones del Cabo-Jefe de Dotación; consideraciones sobre el puesto.
4. Directrices técnicas. Vestuario. Comunicaciones. Horario y actividades.
5. Protocolos y fichas protocolo.
6. Fichas técnicas de material.
7. Fichas técnicas de maniobra.
8. Procedimientos organizativos.
9. Organización funcional del CEIS. Organigrama, jerarquía y áreas funcionales. El Maestro de Gestión.
10. Operativa de intervención. Dotaciones, coordinación con otros servicios y con 112 Castilla-La Mancha.
11. Servicios de extinción de incendios en la provincia de Guadalajara. Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara. Parque municipal del Ayuntamiento de Guadalajara. Parques, ubicaciones, medios y operatividad.
12. Aplicativo informático de gestión interna (Lotus). Estructura y funciones básicas. El parte de intervención y el parte de relevo.
13. Parque móvil del CEIS. Nomenclatura, tipología, funciones, usos y conducción.
14. Características técnicas generales de las autobombas del CEIS.
15. La Bomba Rural Pesada tipo.
16. Equipamiento y características técnicas generales de otros vehículos y remolques del CEIS: Pick-ups, autobrazo articulado, furgón de apeos y apuntalamientos, zodiacs, raft, remolque NBQ, remolques de inundaciones, etc.
17. Revisión, mantenimiento y reparaciones básicas en el parque móvil del CEIS.
18. Características y mantenimiento básicos de los equipos motorizados del CEIS: electrobombas, compresores, electrogeneradores, motosierra, motorradial, motobombas, etc.
19. Características y mantenimiento básicos de otros equipos de intervención del CEIS: linternas, explosímetros, cámara térmica, emisoras, equipos de corte, equipos de elevación, equipos de respiración autónoma, etc.
20. Apeos y apuntalamientos. Elementos que lo componen. Tipos según elemento estructural. Condiciones constructivas de los apeos.
21. Comportamiento de las estructuras ante el fuego. Comportamiento al fuego de las estructuras de madera, acero, hormigón, fábrica de ladrillo.
22. Propiedades fisicoquímicas. Definiciones de: estado, punto de fusión y ebullición, calor específico, calor latente, densidad, viscosidad, solubilidad, presión vapor, conductividad eléctrica, acidez y basicidad, TLV, LD 50 e IPVS.
23. Toxicidad. Los productos de la combustión. Gases generados en la combustión de materias comunes (madera, plásticos, lana). Monóxido de carbono. Dióxido de carbono. Ácido cianhídrico. Ácido sulfhídrico.
24. Transporte de productos químicos: Señalización de los vehículos y contenedores según ADR y RID.
25. Gases licuados del petróleo: butano y propano. Características físico-químicas. Formas y sistemas de envasado y transporte.
26. Vestuario de protección especial. Trajes Químicos. Tipos y Características.
27. Hidráulica básica. Presión hidrostática. Presión absoluta y relativa. Caudal por una conducción. Pérdidas de carga. Golpe de ariete. Cavitación. Bombas centrífugas: componentes y funcionamiento.
28. Electricidad básica. Magnitudes eléctricas fundamentales. Ley de Ohm. Riesgos de la corriente eléctrica: Electrocución, medidas de seguridad y protección.
29. Incendios forestales. Factores que influyen en el comportamiento del incendio forestal: Topografía, climatología, combustible forestal. Técnicas de extinción en incendios forestales: Métodos directo e indirecto.
30. Primeros auxilios según Edición 2007 del Manual de Primeros Auxilios Editado por Pearson Educación y Avalado por Cruz Roja. Técnicas y equipamiento. Soporte vital básico. Problemas respiratorios. Problemas cardiovasculares. Heridas y hemorragias. Problemas traumatológicos. Problemas del sistema nervioso. Agentes medioambientales. Cuerpos extraños. Tóxicos, mordeduras y picaduras. Parto y problemas médicos. Primeros auxilios en emergencias.
En Guadalajara a 29 de octubre de 2012.– La Presidenta, Ana Guarinos López.