Ayuntamiento de Torrejón del Rey
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Anuncio de cobranza y exposición pública de matrículas
Aprobada la matrícula de contribuyentes del recurso tributario Tasa sobre Abastecimiento de Agua a domicilio, correspondiente al cuarto trimestre del año 2012, queda expuesta al público a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. La exposición al público de la matrícula producirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en la misma, a los fines de la notificación colectiva prevista en el artículo 102.3, de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, pudiéndose interponer contra dichos actos recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del período voluntario de pago.
Período de pago:
Pago en período voluntario: En aplicación del art. 62.3 del citado texto legal, queda fijado el siguiente plazo de ingreso en período voluntario: Del 26 de enero de 2013 al 26 de marzo de 2013.
Modalidades de pago voluntario:
- Cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria.
- Pago en oficina bancaria de entidad colaboradora, de acuerdo con el Anexo 2 del Cuaderno 60 del Consejo Superior Bancario. A tal fin se remitirán por correo a los contribuyentes los recibos de los mencionados tributos (salvo que se encuentre domiciliado el pago). En el supuesto de no haber recibido por correo los mencionados recibos o haberlos extraviado, los interesados deberán dirigirse a la Oficina de Recaudación de este Ayuntamiento (sito en la Plaza Mayor número 1, teléfono 949339854, Fax: 949339505), donde se les facilitará una segunda copia del mismo.
Pago en período ejecutivo: Transcurridos los plazos anteriormente señalados, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. No obstante este recargo será del 5% una vez vencido el período en voluntaria hasta la notificación de la providencia de apremio, y se cobrará el recargo de apremio reducido del 10% desde la notificación de la providencia de apremio hasta la finalización del plazo marcado por el artículo 62.5 de la Ley 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre.
Torrejón del Rey a 2 de enero de 2013.– El Alcalde, Mario San Martín García.