Ayuntamiento de Viana de Jadraque
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Viana de Jadraque del día 3 de octubre de 2012, publicada la Aprobación Provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de 19 de octubre de 2012, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 deI Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 2.2:
Donde dice: “El tipo de gravamen en los bienes inmuebles de naturaleza rústica es el 0,60”,
debe decir: “El tipo de gravamen en los bienes inmuebles de naturaleza rústica es el 0,70”.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Este acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Viana de Jadraque a 10 de diciembre de 2012.– El Alcalde, Rafael Angona Alcolea.