4979
NOTIFICACIÓN
Con fecha 26 de abril de 2012 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Guadalajara levantó acta de infracción n.º 18291/2012 a la empresa Cristian Clatinici, con domicilio, a efectos de notificaciones, en Plaza Manrique n.º 15, piso 2.º, Molina de Aragón, Guadalajara, por infracción a lo dispuesto en el artículo 36.4 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009, al haber dado empleo a trabajadores extranjeros, sin haber obtenido con carácter previo el preceptivo permiso de trabajo, lo que constituye una infracción muy grave tipificada en el artículo 54.1.d) de la Ley Orgánica 4/2000 en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social.
Tramitado el correspondiente expediente sancionador con el n.º 17/2012, se ha dictado por esta Subdelegación del Gobierno Resolución sancionadora imponiéndose a la empresa Cristian Clatinici, una multa de diez mil veintinueve euros con setenta y un céntimos (10.029,71 euros) por aplicación del grado mínimo en atención a la circunstancias consignadas en el acta. Junto a dicha Resolución se remite modelo 069, de acuerdo con las nuevas instrucciones contenidas en apartado 6.º de la Orden PRE/3662/03 para hacer efectivo el importe de la sanción.
Intentada la notificación de la Resolución sancionadora junto con la correspondiente carta de pago (069), por medio de todos los procedimientos previstos en el artículo 58 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible practicarla por ignorarse su actual domicilio, por cuyo motivo y desconociéndose su actual paradero, de conformidad con el apartado 4 del artículo 59 de la citada Ley 30/1992, se hace público en este periódico oficial, a los efectos de la notificación previsto en este precepto, pudiendo retirar ambos documentos en esta Subdelegación del Gobierno (P.º Dr. Fernández Iparraguirre, 8).
Contra la Resolución se puede interponer en el plazo de dos meses, contados o partir del día siguiente al de la notificación de la presente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, o ante el de la jurisdicción del domicilio del demandante, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, y en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, reformada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio.
Potestativamente se podrá interponer contra la resolución recurso de reposición como previo al contencioso administrativo, en le plazo de un mes, ante la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Guadalajara a 17 de octubre de 2012.– El Subdelegado del Gobierno, Juan Pablo Sánchez Sánchez-Seco.