Ayuntamiento de Alovera
287
ANUNCIO
Incoado de oficio expediente para proceder a la baja en el Padrón Municipal de Habitantes e intentada sin éxito la práctica de la notificación a los interesados durante el procedimiento de baja de oficio en el Padrón de Habitantes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se les comunica que se ha dictado la Resolución de la Alcaldía 14/2013, con fecha diez de enero de dos mil trece:
ASUNTO: FINALIZACIÓN EXPEDIENTE 04/2011 DE BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES
Iniciado el expediente de baja en el padrón de habitantes del municipio de las personas abajo relacionadas por inclusión indebida, mediante Resolución de la Alcaldía número 116/2012, de fecha veinticuatro de febrero de dos mil doce, publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia número 67, de 4 de junio de 2012, no habiéndose manifestado ni conformidad ni disconformidad con dicha baja de,
NOMBRE Y APELLIDOS |
EWA GIEMZA |
IVAYLO VASILEV ASENOV |
IONELA MINDALAC |
CARMEN SUERO |
Por lo que se remitió al Consejo de Empadronamiento la documentación del expediente con fecha veinte de junio de dos mil doce, al objeto de que emitiese el informe correspondiente.
Visto que el veintisiete de septiembre de dos mil doce se reúne la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento con el punto primero de bajas por inclusión indebida, y por unanimidad se considera suficiente la documentación presentada para justificar las bajas por inclusión indebida de las personas que se relacionan. Y en consecuencia, se emite informe favorable.
Por todo ello, la Alcaldía de este Ayuntamiento en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:
PRIMERO.- Dar de baja de oficio por inclusión indebida en el Padrón de Habitantes a las personas arriba relacionadas, con fecha veintisiete de septiembre de dos mil doce.
SEGUNDO.- Realizar las operaciones necesarias para mantener actualizado el Padrón de Habitantes, de modo que los datos contenidos en este concuerden con la realidad.”
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Guadalajara, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante esta alcaldía en el plazo de un mes.
En Alovera a 11 de enero de 2013.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.