Ayuntamiento de Renera
1750
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Gastos de personal |
67.500.- € |
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servicios |
66.950.- € |
CAPÍTULO 3: Gastos financieros |
5.000.- € |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
19.500.- € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Inversiones reales |
-------- |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
-------- |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
-------- |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
14.000.- € |
TOTAL: |
172.950.- € |
ESTADO DE INGRESOS |
|
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
|
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
|
CAPÍTULO 1: Impuestos directos |
61.450.- € |
CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos |
7.000.- € |
CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos |
69.000.- € |
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes |
34.000.- € |
CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales |
1.500.- € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
|
CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales |
00.- € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital |
00.- € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
CAPÍTULO 8: Activos financieros |
-------- |
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros |
-------- |
TOTAL: |
172.950.- € |
PLANTILLA DE PERSONAL
Denominación |
N.º de plazas |
1. PERSONAL FUNCIONARIO |
|
Secretario-Interventor (Grupo A.1, C. Destino 26) |
1 |
Técnico de Gestión (Grupo A2, C. Destino 22) |
1 |
2. PERSONAL LABORAL EVENTUAL |
|
2.1. Auxiliar de asistencia a domicilio. Convenio JCCM |
1 |
Total |
3 |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Renera a 5 de abril de 2013.– El Alcalde, Antonio Mayor Velles.