Ayuntamiento de Argecilla
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En la Intervención de este Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el Presupuesto general del Ayuntamiento de Argecilla para el ejercicio del año 2013, aprobado inicialmente en sesión plenaria extraordinaria celebrada con fecha 22 de febrero de dos mil trece
Los interesados que estén legitimados podrán interponer las reclamaciones que deseen durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Si durante dicho plazo de información pública no se presentaran reclamaciones se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.
Argecilla, 22 de febrero de 2013.– El Alcalde, Pedro Alcalde Almazán.