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Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Viernes, 22 Febrero 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

682

APROBACIÓN DEFINITIVA ESTABLECIMIENTO DE ORDENANZA FISCAL

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Ayuntamiento de Cabanillas del Campo

 

682

APROBACIÓN DEFINITIVA ESTABLECIMIENTO DE ORDENANZA FISCAL

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobado en sesión de fecha 19 de diciembre de 2012, del establecimiento de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, cuyo texto íntegro se hace público, como anexo a este anuncio, para su general conocimiento, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Cabanillas del Campo a 8 de febrero de 2013.– El Alcalde, Jaime Celada López.

ANEXO

Artículo 1. Fundamento y régimen

Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado por los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y artículos 41 a 47 y 127 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, establece el precio público por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, que se regulará por la presente ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del RDL 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 2. Concepto

Se establecen precios públicos por la utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, relacionados en la presente Ordenanza.

Artículo 3. Devengo

El pago del precio público se efectuará en el momento de entrar al recinto deportivo de que se trate o en el de adquirir el abono o efectuar la inscripción en los cursos que se impartan. En el caso de pagos mensuales, estos se realizarán entre la semana anterior al mes en cuestión y la primera semana de dicho mes.

La obligación de pago del precio público nace desde que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el artículo 6.

Artículo 4. Sujetos pasivos

Están obligados al pago las personas, tanto físicas corno jurídicas, usuarias o demandantes de las instalaciones y/o servicios.

Artículo 5. Cuantía de los precios públicos

La cuantía de los derechos a percibir por el precio público serán los siguientes:

PISCINAS MUNICIPALES

 

Entrada adulto

3,50 €

Entrada infantil

1,80 €

A partir de las 17:00 adulto (de lunes a viernes no festivos)

2,50 €

A partir de las 17:00 niños (de lunes a viernes no festivos)

1,20 €

Abono adulto (15 baños)

42,00 €

Abono infantil (15 baños)

22,00 €

Abono adulto (30 baños)

80,00 €

Abono infantil (30 baños)

40,00 €

CURSOS DE NATACIÓN

 

Cursos de natación (por quincena)

25,00 €

Cursos repetición quincenas

22,50 €

Descuentos (no acumulables ni aplicables abonos)

2.° y resto de hermanos 10%

INSTALAClONES AL AIRE LIBRE

 

Pista tenis (1 hora)

3,00 €/h

Pista pádel (1 hora)

6,00 €/h

• Fracciones de 1/2 hora se cobra la parte proporcional de 1 hora

 

Bonos alquiler 10 usos

10% dto.

Bonos alquiler 20 usos

20% dto.

Cancha voley-playa

4,00 €/h

Campo de fútbol de césped natural

 

Alquiler 1 hora

250,00 €/pista

Campo de fútbol de césped artificial F 11

 

Alquiler 1 h

42 €/h/pista

Campo de fútbol-7 de césped artificial

 

Alquiler 1 h equipo

25,25 €/h/pista

Alquiler temporada para equipo

706,00 €/temporada

Fracciones de tiempo (1/2 hora mínimo) se cobra la parte proporcional de 1 hora

ILUMINAClÓN DE PISTAS Y CAMPOS

 

Tenis, frontenis y pádel y voley playa

1,30 €/h/pista

Resto de actividades

5,00 €/h/pista

POLIDEPORTIVO MUNICIPAL SAN BLAS

 

Alquiler (1 h)

23,00 €/h/pista

Alquiler temporada para equipo*

650,00 €/temporada

Alquiler para entrenamiento 1 h de 1/3 de la pista

10,00 €/h

Alquiler 1/3 de la pista temporada

280,00 €/temporada

FRONTÓN MUNICIPAL

 

1 hora

6,00 €/h

Alquiler para entrenamiento 1h/semana

168,00 €/temporada

*Los alquileres de temporada comprenden de octubre a mayo, ambos inclusive

PISCINAS MUNICIPALES

 

Entrada adulto

3,50 €

Entrada infantil

1,80 €

A partir de las 17:00 adulto (de lunes a viernes no festivos)

2,50 €

A partir de las 17:00 niños (de lunes a viernes no festivos)

1,20 €

Abono adulto (15 baños)

42,00 €

Abono infantil (15 baños)

22,00 €

Abono adulto (30 baños)

80,00 €

Abono infantil (30 baños)

40,00 €

CURSOS DE NATACIÓN

 

Cursos de natación (por quincena)

25,00 €

Cursos repetición quincenas

22,50 €

Descuentos (no acumulables ni aplicables abonos)

2.° y resto de hermanos 10%

INSTALAClONES AL AIRE LIBRE

 

Pista tenis (1 hora)

3,00 €/h

Pista pádel (1 hora)

6,00 €/h

• Fracciones de 1/2 hora se cobra la parte proporcional de 1 hora

 

Bonos alquiler 10 usos

10% dto.

Bonos alquiler 20 usos

20% dto.

Cancha voley-playa

4,00 €/h

Campo de fútbol de césped natural

 

Alquiler 1 hora

250,00 €/pista

Campo de fútbol de césped artificial F 11

 

Alquiler 1 h

42 €/h/pista

Campo de fútbol-7 de césped artificial

 

Alquiler 1 h equipo

25,25 €/h/pista

Alquiler temporada para equipo

706,00 €/temporada

ILUMINAClÓN DE PISTAS Y CAMPOS

 

Tenis, frontenis y pádel y voley playa

1,30 €/h/pista

Resto de actividades

5,00 €/h/pista

POLIDEPORTIVO MUNICIPAL SAN BLAS

 

Alquiler (1 h)

23,00 €/h/pista

Alquiler temporada para equipo*

650,00 €/temporada

Alquiler para entrenamiento 1 h de 1/3 de la pista

10,00 €/h

Alquiler 1/3 de la pista temporada

280,00 €/temporada

FRONTÓN MUNICIPAL

 

1 hora

6,00 €/h

Alquiler para entrenamiento 1h/semana

168,00 €/temporada

*Los alquileres de temporada comprenden de octubre a mayo, ambos inclusive

Excepcionalmente, para los casos de alquiler de cualquier instalación deportiva para más de un día, las entidades deportivas, asociaciones o deportistas que las soliciten, harán solicitud por escrito indicando el periodo del alquiler deseado, y en el caso que dicha solicitud sea aceptada deberán efectuar el pago por adelantado de la cuantía de dicho alquiler.

Estos precios, también incluyen la utilización de vestuarios e iluminación de las instalaciones cubiertas, excepto las excepciones recogidas en esta ordenanza, si fuesen necesarias, y si la instalación correspondiente dispone de las mismas.

• Cuota de matriculación:

INFANTIL

Escuelas Deportivas Municipales

6,80 €

• Cuota de matriculación:

Escuelas Deportivas Municipales

Mes de alta

Para deportistas empadronados

Para deportistas no empadronados

De septiembre a diciembre

8,90 €

11,50 €

De enero a marzo

7,90 €

8,90 €

De abril a mayo

5,90 €

6,90 €

De junio a julio

Sin matrícula

Sin matrícula

De septiembre a diciembre

De enero a marzo

De abril a mayo

De junio a julio

Dicha cuota de matriculación se hará efectiva a la inscripción del deportista a la primera actividad deportiva en la que participe. El pago, por lo tanto se hará con la primera mensualidad o pago, que haga efectiva el deportista.

Se deberá adjuntar copia del justificante de pago de la cuota de matriculación, junto con la inscripción de la actividad, independientemente de que la actividad sea anual o mensual y se esté inscrito en varias.

Una vez comenzada la actividad o la temporada, la cuota de matriculación no será devuelta.

ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES

 

Empadronados

No empadronados

Arte marcial

25,00 €/mes

212,50 €/temporada

32,00 €/mes

272,00 €/temporada

Tenis

25,00 €/mes

212,50 €/temporada

32,00 €/mes

272,00 €/temporada

Pádel

25,00 €/mes

212,50 €/temporada

32,00 €/mes

272,00 €/temporada

Atletismo

12,50 €/mes

93,75 €/temporada

17,50 €/mes

131,25 €/temporada

Baloncesto

15,00 €/mes

112,50 €/temporada

20,00 €/mes

110,00 €/temporada

Frontenis

15,00 €/mes

112,50 €/temporada

20,00 €/mes

150,00 €/temporada

Predeporte

15,00 €/mes

112,50 €/temporada

20,00 €/mes

150,00 €/temporada

Fútbol sala

15,00 €/mes

112,50 €/temporada

20,00 €/mes

150,00 €/temporada

Gimnasia rítmica

12,50 €/mes

93,75 €/temporada

17,50 €/mes

131,25 €/temporada

Resto actividades colectivas

15,00 €/mes

112,50 €/temporada

20,00 €/mes

150,00 €/temporada

 

Arte marcial

Tenis

Pádel

Atletismo

Baloncesto

Frontenis

Predeporte

Fútbol sala

Gimnasia rítmica

Resto actividades colectivas

ACTIVIDADES DE ADULTOS

 

Empadronados

No empadronados

Fitness + Wellness tarifa plana

28,99 €

246,00 €/temporada

32,99 €

280,40 €/temporada

Tenis

25,00 €

212,50 €/temporada

35,00 €

297,50 €/temporada

Pádel

25,00 €

212,50 €/temporada

35,00 €

297,50 €/temporada

Artes marciales

30,00 €

255,00 €/temporada

38,00 €

323,00 €/temporada

Tenis + Fitness

35,00 €

300,00 €/temporada

45,00 €

382,50 €/temporada

Pádel + Fitness

35,00 €

300,00 €/temporada

45,00 €

382,50 €/temporada

Astes marciales + Fitness

35,00 €

300,00 €/temporada

45,00 €

382,50 €/temporada

Acceso diario a sala de musculación

4,00 €

 

4,00 €

 

 

Fitness + Wellness tarifa plana

Tenis

Pádel

Artes marciales

Tenis + Fitness

Pádel + Fitness

Astes marciales + Fitness

Acceso diario a sala de musculación

 

 

Los precios establecidos por temporada, para los deportes de equipo e individuales, también se mantendrán para los deportistas mayores de 16 años.

El pago del precio público de las actividades de temporada se efectuará, con carácter general, anticipadamente al comienzo del curso.

El pago del precio público de las actividades mensuales se efectuará, con carácter general, anticipadamente por mes completo.

Los ingresos se efectuarán en la Tesorería Municipal o en las cuentas que a tal efecto quedan abiertas en las entidades colaboradoras, o bien mediante domiciliación bancaria.

Una vez abonada la mensualidad correspondiente, esta no será devuelta aunque el alumno solicite la baja a lo largo de dicho mes.

En la aplicación de los precios públicos, la categoría infantil comprende a todas las personas menores de 16 años.

Artículo 6. Precios especiales

Desde 65 años, discapacitados acreditados ≥33% y desempleados que reúnan los requisitos del art. 9

24,99 €

 

Entrenamiento personal

20,00 €

 

Bonos entrenamiento personal 5

85,00 €

 

Bonos entrenamiento personal 10

165,00 €

 

Menor de 26

27,99 €

251,00 €/temporada

2.° y siguientes miembros de unidad familiar matriculados en fitness

27,99 €

251,00 €/temporada

1 o varios hijos en escuelas deportivas

27,99 €

251,00 €/temporada

1 o varios hermanos en escuelas deportivas

27,99 €

251,00 €/temporada

Convenio con Clubes

26,99 €

251,00 €/temporada

• Altas proporcionales al día del mes del alta, a partir de la segunda quincena de cada mes

• Las bajas se computarán el mes completo

Desde 65 años, discapacitados acreditados ≥33% y desempleados que reúnan los requisitos del art. 9

 

Entrenamiento personal

 

Bonos entrenamiento personal 5

 

Bonos entrenamiento personal 10

 

Menor de 26

2.° y siguientes miembros de unidad familiar matriculados en fitness

1 o varios hijos en escuelas deportivas

1 o varios hermanos en escuelas deportivas

Convenio con Clubes

• Altas proporcionales al día del mes del alta, a partir de la segunda quincena de cada mes

• Las bajas se computarán el mes completo

El Patronato Deportivo Municipal podrá establecer, previa conformidad del Ayuntamiento, promociones especiales y esporádicas limitadas en el tiempo, dirigidas a incentivar la práctica de actividades deportivas por la población.

Los precios establecidos para las escuelas deportivas municipales y las actividades físicas para adultos no podrán dividirse en fracciones de hora.

• Servicios administrativos.

Por la expedición de duplicado del carné de las escuelas deportivas municipales o de las actividades físicas para adultos (tarjeta con chip) en caso de perdida, deterioro u otros motivos análogos: 3,00 €.

• Publicidad en instalaciones deportivas.

El precio público es de carácter anual por zona de referencia, según anexo.

ZONA 1 - POLIDEPORTIVO MUNICIPAL SAN BLAS (P)

P 1 (6 m x 1 m)

200,00 €/temporada

P 2 (6 m x 1 m)

200,00 €/temporada

P 3 (3,60 m de diámetro)

500,00 €/temporada

ZONA 2 - FRONTÓN CUBIERTO (F)

F 1 (6 m x 1 m)

200,00 €/temporada

F 2 (6 m x 1 m)

200,00 €/temporada

F 3 (10 m x 1 m)

500,00 €/temporada

ZONA 3 - CAMPO DE FÚTBOL DE CÉSPED ARTIFICIAL (C)

C 1 (6 m x 1 m)

200,00 €/temporada

P 1 (6 m x 1 m)

P 2 (6 m x 1 m)

P 3 (3,60 m de diámetro)

F 1 (6 m x 1 m)

F 2 (6 m x 1 m)

F 3 (10 m x 1 m)

C 1 (6 m x 1 m)

Artículo 7. Actualización de precios

Las cuantías serán actualizadas incrementándose anualmente en base al Índice de Precios al Consumo correspondiente para cada temporada.

Se delega en la Junta de Gobierno la actualización de los mismos, siendo obligatorio la información pública, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, siendo de aplicación desde el momento de realización de la matrícula.

Artículo 8. Normas de gestión

• Se respetarán los horarios de entrenamiento y competición de los equipos que tengan convenio en vigor con el Ayuntamiento.

• La reserva de las instalaciones se podrá realizar, con una semana de antelación, como máximo y corno mínimo, cinco minutos antes, de hacer efectivo el alquiler de dicha instalación. Siempre se alquilará en intervalos de horas completas y naturales o de hora y media.

• Únicamente se podrá hacer uso de las instalaciones si se ha abonado previamente el precio público correspondiente.

Artículo 9. Acreditación de los requisitos para ser beneficiario de precios especiales

• La condición de empadronado se comprobará de oficio en las dependencias municipales.

• La reducción por desempleado se acreditará mensualmente y deberá reunir los siguientes requisitos:

A.- Llevar inscrito corno demandante de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses y encontrarse en situación de desempleo en el momento de formular la solicitud.

B.- Haber agotado o ser perceptor de la prestación por desempleo de nivel contributivo o, en su caso, el subsidio por desempleo; esto se acreditará mediante certificado del SEPE sobre percepción o no de prestaciones.

C.- Estar inscrito como demandante en situación de desempleo en la correspondiente Oficina de Empleo. Esta situación se acreditará mediante certificado de la Oficina de Empleo de su inscripción como demandante en situación de desempleo.

D.- Estar empadronado en el municipio de Cabanillas del Campo Documentos requeridos.

Los anteriores certificados podrán ser sustituidos por la autorización al Ayuntamiento de Cabanillas para recabar los correspondientes datos de los servicios públicos de empleo estatales y autonómicos.

• La reducción por minusvalía se acreditará mediante la presentación de tarjeta de reconocimiento de minusvalía o por Resolución de reconocimiento de la misma emitida por autoridad competente, vigentes.

• Reducciones para hermanos o grupos de hermanos matriculados en la Escuela Municipal de Deportes en categoría infantil durante el mismo mes o la misma temporada:

- Reducción del 10% del precio público establecida en el artículo 6 de la presente ordenanza para el segundo hermano matriculado.

- Reducción del 15% del precio público establecida en el artículo 6 de la presente ordenanza para el tercer hermano matriculado.

- Reducción del 20% del precio público establecida en el artículo 6 de la presente ordenanza para el cuarto y siguientes hermanos matriculados.

• Reducciones para las escuelas deportivas municipales:

- Para los deportistas que estén inscritos en una actividad y deseen inscribirse en una segunda, se realizará una reducción del 50 % del precio público sobre el de la actividad de inferior importe.

- Para los deportistas que estén inscritos en más de dos actividades, se efectuará una reducción del 50% del precio público sobre el de las dos actividades de inferior importe.

Las exenciones, reducciones y demás beneficios aplicables, no son acumulables. Por lo tanto, el deportista, a la hora de inscribirse deberá elegir qué reducciones quiere que se le apliquen.

Los voluntarios de Protección Civil, de la Agrupación de Voluntarios de Cabanillas del Campo, que lo acrediten y se inscriban en las actividades físicas para adultos, están exentos de pago y podrán inscribirse en la actividad siempre y cuando haya plazas libres en la misma. En lo referido a la cuota de matriculación, dichos voluntarios sí deberán efectuar el pago a la cuota de la primera actividad que se inscriban.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se reconoce beneficio tributario para todos los equipos de Cabanillas del Campo que se encuentren federados o mantengan convenio en vigor con el Ayuntamiento, y los que sean consecuencia de lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales o vengan previstos en normas con rango de Ley.

DISPOSICIÓN FINAL

Para lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a las disposiciones del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, Ley 58/2003, General Tributaria, Ley 17/1998, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes y demás normativa de desarrollo,

La presente ordenanza, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo, entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, permaneciendo en vigor hasta tanto no su acuerde su modificación o derogación.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Cabanillas del Campo
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Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00